- JOSE RAMÓN RAMIREZ SANCHEZ
- 20 jul 2022
- 9 Min. de lectura

-*NOTICIAS DE EDUCAJURIS.-
*CONSEJOS DE INMIGRACION Y PRACTICAS*
*Presentado por Profesor JOSE RAMON RAMIREZ SANCHEZ*
*(Especialista en Derecho Migratorio)*
*CONSECUENCIAS DE QUEDARSE EN EE.UU. MÁS TIEMPO DEL PERMITIDO*
Los turistas extranjeros pueden visitar Estados Unidos con una visa en válida, o incluso, sin visado si pertenecen a un grupo selecto de países que pertenecen al Programa de Exención de Visados, pero deben salir del país antes de que expire el tiempo autorizado para permanecer en el mismo.
Los tiempos que se puede quedar un turista depende del tipo de documento que se utilice para ingresar y, si se ingresa con visa, incluso de las condiciones de su titular.
En el documento que se conoce como I-94 registro de entrada y salida, puede verificarse exactamente por cuánto tiempo se está autorizado a permanecer en EE.UU. Ahora es un documento digital que puede consultarse en internet en la página oficial de la CBP. Si se ingresó sin visa, el tiempo máximo de permanencia es de 90 días.
Con independencia de si se ingresó a EE.UU. con visa de turista o sin ella por ser de un país del Programa de Exención de visados, todos sufren las mismas consecuencias si se permanecen en el país más allá del tiempo autorizado.
Aquí te explico cuáles son esas consecuencias y por qué se debe evitar intentar hacer trampa con el tiempo de permanencia.
*CONSECUENCIAS DE QUEDARSE EN EE.UU. MÁS TIEMPO DEL PERMITIDO*
Desde el punto de vista migratorio los turistas que exceden el número de días de estancia permitida se convierten en indocumentados. A partir de ahí si entran en contacto con una autoridad migratoria pueden ser expulsados inmediatamente o deportados, dependiendo del caso de cada uno.
Aunque existen posibilidades de legalizarse (regularizar la situación), en realidad tampoco hay tantas y los requisitos son estrictos.
Por esta razón, lo mejor siempre es salir del país dentro de plazo o pedir con tiempo una extensión o un cambio de visa.
En este punto destacar que los turistas que entraron sin visado no pueden hacer ni una cosa ni otra, para ellos sólo cabe la opción de salir de Estados Unidos. Además, deben hacerlo dentro de los 90 días siguientes al día de ingreso.
Por ello, antes de decidir quedar en Estados Unidos en situación de indocumentado, consultar con un abogado de inmigración y entender muy bien todos los problemas que pueden surgir.
En casos muy excepcionales, en los que se permanece en Estados Unidos más tiempo que el autorizado en la visa es posible solicitar y obtener una restauración de estatus. Esto es lo que se conoce como Nunc Pro Tunc para casos en los que no se solicitó a tiempo la extensión o un cambio de visa.
Otra consecuencia de quedarse más tiempo del permitido es que la visa de turista se cancela. Tener en consideración que el titular no es notificado de este hecho. Se entera cuando intenta ingresar a EEUU en el siguiente viaje y no se le permite.
En el caso de haber ingresado a EE.UU. sin visa, se pierde ese derecho. A partir de ese momento es necesario pedir al consulado una visa de turista si se quiere regresar a Estados Unidos y la aprobación de la misma no está asegurada.
Además, tanto si se entró con visa o sin ella, haber estado ilegalmente es causa de inadmisibilidad y si se ha estado más de 180 días ilegalmente en el país y después se sale de Estados Unidos, aplica el castigo de los tres y de los diez años, con algunas pocas excepciones.
Es cierto que, para solicitar una visa no inmigrante, como es la de turista, estudiante, intercambio, inversión, etc., es posible solicitar un perdón por la penalidad de los 3 o de los 10 años, pero no se aprueba frecuentemente.
E incluso en los casos en los que ya ha transcurrido el tiempo del castigo puede resultar difícil que el oficial consular apruebe una nueva visa puesto que se plantó ya la duda sobre las intenciones del solicitante.
Eso no quiere decir que resulte imposible obtenerla. Pero sí que se va a mirar con gran detenimiento la aplicación.
*ERROR GRAVE A EVITAR*
El sistema informático de las aduanas de EEUU es, en estos momentos, muy completo. No es como antes. Todas las personas que dan por perdido el pasaporte, piden a sus embajadas unos salvoconductos y una vez que están de regreso en sus países solicitan un pasaporte nuevo y la visa americana están cometiendo un error.
Eso podía pasar en algunos casos hace años. Ahora ya no. Queda registrado que no se salió a tiempo. Es este punto es de interés conocer qué información tienen en el control migratorio de la aduana americana.
Los oficiales de migración, control de paso migratorio y de los consulados de Estados Unidos no tiene que probar nada. Es la persona interesada la que tiene que demostrar, en caso de duda, que efectivamente se salió a tiempo. Al oficial consular o al inspector de aduanas les basta con tener la sospecha para negar la visa o la entrada.
*CAUSAS DE CANCELACIÓN DE VISA DE TURISTA B1/B2*
Las causas por las que una visa de turista para ingresar a Estados Unidos puede ser cancelada o revocada son muy variadas, hay 10 que, por su frecuencia, conviene conocer para evitarlas.
Destacar que pueden proceder a la cancelación de una visa de turista, conocida también en algunos países como de paseo o de placer, las Embajadas, los consulados y también las autoridades migratorias como, por ejemplo, los oficiales en los pasos fronterizos o de aeropuerto. No es obligatorio avisar a la persona a la que se le revoca la visa.
*CAUSAS MUY COMUNES DE CANCELACIÓN DE LA VISA Y QUÉ SE PUEDE HACER CUANDO ESTO SUCEDE.*
*CAUSAS DE CANCELACIÓN DE LA VISA AMERICANA DE TURISTA*
1. *QUIZÁ LA CAUSA MÁS FRECUENTE DE CANCELACIÓN DE LA VISA ES POR PERMANECER EN ESTADOS UNIDOS MÁS TIEMPO DEL PERMITIDO, ASÍ SÓLO SEAN 24 HORAS.*
Es muy importante no confundir la fecha de expiración de la visa con el día máximo autorizado para permanecer en Estados Unidos. El tiempo que se puede permanecer en Estados Unidos está fijado en el documento que se conoce como I-94, o registro de ingreso y de salida.
Aunque es muy común que la autorización se extienda por 180 días, es decir, seis meses, también es posible que, en realidad, el oficial migratorio que autorizó el ingreso establezca un tiempo inferior. Es fundamental respetar este plazo, porque si no se hace no sólo se pierde la visa, sino que la persona se queda en situación de indocumentada dentro de los Estados Unidos.
Para evitarlo, si se desea permanecer más tiempo en Estados Unidos debe procederse a pedir una extensión de la visa o un cambio de categoría de visado. En casos muy concretos y excepcionales es posible solicitar con éxito que se apruebe restaurar el estatus, lo que se conoce como Nunc Pro Tunc, cuando no se pide a tiempo una extensión o cambio de visa.
Tampoco se debe jugar a intentar obtener un nuevo plazo de tiempo para permanecer en Estados Unidos saliendo a México, Canadá o Bahamas y volviendo a entrar, ya que el sistema no funciona así.
2. *CUANDO LA VISA HA SIDO ARRANCADA DEL PASAPORTE DONDE ORIGINALMENTE SE ESTAMPÓ, QUEDA AUTOMÁTICAMENTE SIN VIGENCIA.*
En otras palabras, no es válida.
*3. LA VISA TAMBIÉN SE CANCELA CUANDO SE SABE O SE SOSPECHA QUE SE UTILIZA PARA UN FIN DISTINTO AL SUYO PROPIO.*
Por ejemplo, cuando una persona con visado de turista pasa una larga temporada en Estados Unidos y decide estudiar en una escuela, high school, universidad o academia de inglés a tiempo completo. Esto no es correcto, ya que la visa apropiada es la F-1, la F-3 para el caso de mexicanos o canadienses en zona fronteriza, si así lo prefieren, o la J-1.
Otro ejemplo es cuando una persona extranjera ingresa al país con una visa de paseo, pero con la intención de contraer matrimonio. Si el oficial de inmigración se da cuenta o en la aduana descubren en su equipaje cosas como el vestido de boda se le negará la entrada y se le cancelará el visado.
Casarse con visa de turista está permitido, pero puede tener consecuencias muy negativas, por lo que hay que ser muy prudente con lo que se hace y cumplir la ley.
4. La visa también es cancelada cuando se sospecha que puede haber intención de emigrar. Esto puede suceder cuando una persona con visa de turista entra frecuentemente al país, por ejemplo, a visitar a un familiar. Otro ejemplo puede darse cuando extiende continuamente la estancia. Esos comportamientos son perfectamente válidos, pero no pueden dar lugar a sospecha de que la intención es emigrar y quedarse en Estados Unidos.
Incluso otras situaciones más sutiles pueden dar lugar a problemas como, por ejemplo, no tener un trabajo estable en el país de origen.
5. *CUANDO SE HA CAUSADO QUE EL SEGURO PÚBLICO DE ESTADOS UNIDOS CONOCIDO COMO MEDICAID GASTOS MÉDICOS PORQUE LA PERSONA EXTRANJERA CON VISA DE TURISTA HA TENIDO UNA EMERGENCIA SANITARIA Y NO HA PAGADO LA FACTURA NI TAMPOCO SU SEGURO MÉDICO.*
Es relativamente frecuente descubrir estos casos más pronto o más tarde en el caso de papás que se han desplazado a Estados Unidos para que nazca su hijo y posteriormente se regresan a su país de origen sin pagar el gasto hospitalario.
Esta situación se detecta cuando se pide el pasaporte americano para el hijo por primera vez o su renovación. En ese momento, si así lo desean, las autoridades consulares pueden pedir prueba de que los padres han pagado el hospital en Estados Unidos.
La misma prueba la pueden pedir las autoridades de inspección en el control migratorio al llegar a Estados Unidos.
6. *CUANDO A UN EXTRANJERO SE LE CONCEDE UNA VISA DE INMIGRANTE (PERMISO DE RESIDENCIA, TAMBIÉN CONOCIDO COMO TARJETA DE RESIDENCIA O GREEN CARD), SE LE CANCELA LA VISA NO INMIGRANTE QUE PUDIERA TENER*.
En este caso no hay ningún problema porque cuenta con la green card.
7. *CUANDO UNA PERSONA HA SIDO PEDIDA POR UN FAMILIAR EN ESTADOS UNIDOS. MIENTRAS ESPERA ES POSIBLE QUE, SI TIENE UNA VISA DE TURISTA VIGENTE, ÉSTA SEA CANCELADA, AUNQUE NO SUCEDE SIEMPRE.*
También podría suceder que, si viaja, una vez que llegue a las aduanas se encuentre que no se le permite ingresar al país. Esto no tiene que ser así siempre, ni mucho menos. Pero es posible.
La razón es que según sean las circunstancias particulares de cada caso puede dar la impresión de que la idea es viajar a Estados Unidos para quedarse a vivir con el familiar que ha hecho la petición, sin esperar el tiempo de demora, que según los casos puede ser muy largo, particularmente en el caso de papeles pedidos para hermanos.
*8. LA VISA DE TURISTA SE CANCELA AUTOMÁTICAMENTE SI SU TITULAR HA TRABAJADO EN ESTADOS UNIDOS CON ESE ESTATUS.*
Incluso es suficiente tener la intención de trabajar en Estados Unidos o se sospecha que ésa es la intención del viaje.
Hay que insistir que legalmente sólo pueden trabajar los ciudadanos, los residentes y las personas titulares de visas que permitan trabajar o que tengan un permiso de trabajo. En ningún caso los extranjeros con una visa de turista pueden aceptar desempeñar una labor remunerada.
9. *CUANDO LA VISA TIENE UN ERROR BUROCRÁTICO, COMO PUEDE SER EL MAL DELETREO DE UN NOMBRE O APELLIDO O UNA EQUIVOCACIÓN EN LA FECHA DE NACIMIENTO.*
En este caso en concreto la cancelación no tiene efectos negativos para el titular de la visa que obtendrá otra con los datos correctos. En estos casos el consulado suele llamar para corregir el error.
10. *CUANDO EL OFICIAL DE LA CBP QUE ESTÁ EN LA ADUANA AMERICANA CREE QUE UNA PERSONA A LA QUE PREVIAMENTE LE CONCEDIERON LA VISA ERA INELEGIBLE O INADMISIBLE PARA INGRESAR A LOS ESTADOS UNIDOS O SE CONVIRTIÓ EN INELEGIBLE O INADMISIBLE TRAS HABERLE SIDO APROBADO EL VISADO PUEDE PROCEDER A SU CANCELACIÓN.*
Esta regla también aplica en la frontera o aeropuerto a los ciudadanos de países en el Programa de Exención de Visas que no necesitan una para viajar por negocios o turismo, pero en este caso en vez de cancelar una visa que no existe, se procede a enviarlo de regreso al país del que procede.
Es muy conveniente saber que existen 22 causas por las que una persona es inadmisible para USA. El consumo de drogas, que se encuentra entre ellas, es la razón más común por las que se cancela la visa a celebridades extranjeras.
También existen 20 causas que convierten a una persona en inelegible por las que el consulado o el oficial de migración pueden decir no aprobar o renovar la visa o para permitir el ingreso al país.
En resumen, existen 10 causas De Cancelación De La Visa Americana De Turista, 22 causas por las que una persona es inadmisible, y 20 causas que convierten a una persona en inelegible. Causas de cancelación, inadmisibilidad, e inelegibilidad son cosas distintas.
*QUÉ HACER CUANDO LA VISA DE TURISTA HA SIDO CANCELADA O REVOCADA.*
Si se quiere tener una nueva visa deberá consultarse con un abogado cómo proceder. Puede calificarse para solicitar un perdón o a aplicar por una de nuevo. Pero en la mayoría de los casos el que se solicite no quiere decir que se vaya a obtener.
Por ejemplo, en el caso de haber permanecido en Estados Unidos más tiempo del permitido puede darse al mismo tiempo que se aplique el castigo de los tres y de los diez años.
En el caso de que se haya utilizado la visa para fines no autorizados, como por ejemplo estudiar, o para trabajar, no hay castigo, pero es muy difícil que en esas circunstancias se obtenga una nueva visa.
*EVITA QUE TE CANCELEN LA VISA CON CONOCIMIENTO.*
Es recomendable conocer reglas, costumbres y leyes que aplican en EE.UU. y que pueden ser muy diferentes a las del país del turista.
*ACERCA DE GRUPO EDUCAJURIS*
*(GRUPO EDUCAJURIS)*
*Fundado el 04 de octubre 2016*
*Empresa Legalmente Constituida Bajo el Registro de ONAPI No. 516723*
*R.N.C. No. 13237829-6*
*Registro Mercantil No. 175710*
*-ESCUELA INTERNACIONAL DE DERECHO-*
*EL GRUPO EDUCAJURIS* brinda orientación simple, asequible y paso a paso a través de las solicitudes de inmigración de USCIS. Las personas, los especialistas de inmigración y las organizaciones sin fines de lucro utilizan el servicio en una computadora de escritorio o en un dispositivo móvil para preparar formularios de inmigración con precisión, evitando costosas demoras. *El GRUPO EDUCAJURIS* permite a los usuarios probar el servicio de forma pagada y ofrece una garantía de devolución del 100 % del dinero de que USCIS aprobará la solicitud o petición. Brindamos asistencia para la Petición de familiar extranjero (Formulario I-130), la Solicitud de ajuste de estatus (Formulario I-485), la Petición para eliminar las condiciones de residencia (Formulario I-751) y varios otros formularios de USCIS .
*Mas info al 809.505.9986/829.386.5449/829.368.3916.*
- JOSE RAMÓN RAMIREZ SANCHEZ
- 29 jun 2022
- 5 Min. de lectura
GRUPO DOMINICANO DE CAPACITACION JURIDICA Y EMPRESARIAL
(GRUPO EDUCAJURIS)
Fundado el 04 de octubre 2016
Empresa Legalmente Constituida Bajo el Registro de ONAPI No. 516723
R.N.C. No. 13237829-6
Registro Mercantil No. 175710
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CONSEJOS DE INMIGRACION Y PRACTICAS
Presentado por Profesor JOSE RAMON RAMIREZ SANCHEZ
(Especialista en Derecho Migratorio)
Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana. - La planificación anticipada del viaje y la solicitud anticipada de visa son importantes. Si planea solicitar una visa de no inmigrante para venir a los Estados Unidos como visitante temporal, revise el tiempo de espera actual para una entrevista utilizando la herramienta a continuación.
No todas las solicitudes de visa pueden completarse el día de la entrevista;
Por favor, lea la información a continuación para obtener más detalles.
Verifique el tiempo de espera estimado para una cita de entrevista de visa de no inmigrante en una embajada o consulado de EE. UU.
NOTA:
Las embajadas y los consulados pueden tener un proceso separado para los casos de visa en los que se exonera el requisito de la entrevista en persona. En general, los tiempos de espera para esos casos son más cortos, pero no se reflejan en la tabla a continuación.
Consulte el sitio web de la Embajada o el Consulado individual para determinar si su caso es elegible para una exención de la entrevista en persona.
EMBAJADA O CONSULADO DE LOS ESTADOS UNIDOS: EN SANTO DOMINGO
TIPO DE VISA DE NO INMIGRANTE/ TIEMPO DE ESPERA DE LA CITA
Visa de turista
600 días calendario
Visas de estudiante/visitante de intercambio
30 días calendario
Todas las demás visas de no inmigrante
11 días calendario
TIEMPO DE ESPERA PARA LA ENTREVISTA
El tiempo de espera estimado para recibir una cita para una entrevista en una embajada o consulado de los EE. UU. puede cambiar semanalmente y se basa en la carga de trabajo entrante y la dotación de personal reales. Estas son solo estimaciones y no garantizan la disponibilidad de una cita.
CALIFICACIONES PARA UNA CITA DE ENTREVISTA ACELERADA
Las secciones consulares en el extranjero pueden acelerar la fecha de su entrevista si hay una situación urgente e imprevista, como un funeral, una emergencia médica o la fecha de inicio de clases. El proceso para solicitar una entrevista de visa de no inmigrante acelerada varía según la ubicación.
Debe consultar las instrucciones en el sitio web de la Sección de Visas de la Embajada o Consulado donde se entrevistará, o en su sitio de programación de citas en línea. Deberá proporcionar prueba de la necesidad de una cita anterior.
EN TODOS LOS CASOS:
Primero debe enviar el formulario de solicitud de visa en línea (DS-160), pagar la tarifa de solicitud y programar la primera cita de entrevista disponible. Solo en este punto una sección consular considerará su solicitud de cita acelerada.
NOTA:
Los viajes con el fin de asistir a bodas y ceremonias de graduación, ayudar a parientes embarazadas, participar en una conferencia comercial/académica/profesional anual o disfrutar del turismo de última hora no califican para citas aceleradas.
Para dicho viaje, programe una cita de visa regular con suficiente anticipación.
PROCESO ADMINISTRATIVO
Estas estimaciones no incluyen el tiempo requerido para el procesamiento administrativo, lo que puede afectar algunas solicitudes. Cuando se requiere un proceso administrativo, el tiempo variará según las circunstancias individuales de cada caso.
INFORMACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
Solo hay dos resultados posibles para las solicitudes de visa de EE. UU. El oficial consular emitirá o rechazará la visa. Si un solicitante de visa no ha establecido que él o ella es elegible para una visa, el funcionario consular debe rechazar esa solicitud. Sin embargo, algunas solicitudes de visa rechazadas pueden requerir un procesamiento administrativo adicional.
Cuando se requiera trámite administrativo, el funcionario consular informará al solicitante al final de la entrevista. La duración de la tramitación administrativa variará en función de las circunstancias particulares de cada caso.
Al finalizar el período de procesamiento administrativo, el funcionario consular podría concluir que un solicitante ahora está calificado para la visa que solicitó. El oficial también puede concluir que el solicitante sigue sin ser elegible para una visa.
AVISO IMPORTANTE:
Excepto en casos de viajes de emergencia (es decir, enfermedades graves, lesiones o muertes en su familia inmediata), antes de realizar consultas sobre el estado del proceso administrativo, los solicitantes deben esperar al menos 180 días a partir de la fecha de la entrevista o la presentación de documentos complementarios., lo que sea posterior.
ACERCA DE LOS TIEMPOS DE ESPERA DEL PROCESAMIENTO DE VISAS:
SOLICITANTES DE VISAS DE NO INMIGRANTES
La información sobre los tiempos de espera de la visa de no inmigrante para las entrevistas y los plazos de procesamiento de la visa se muestran en este sitio web, así como en los sitios web de las embajadas y consulados de los EE. UU. en todo el mundo.
Cabe señalar que la información de “TIEMPOS DE ESPERA PARA QUE SE PROCESE UNA VISA DE NO INMIGRANTE” por país no incluye el tiempo requerido para el procesamiento administrativo.
El tiempo de espera de procesamiento tampoco incluye el tiempo requerido para devolver el pasaporte a los solicitantes, ya sea por servicios de mensajería o por el sistema de correo local.
Además, es importante revisar minuciosamente toda la información en el sitio web específico de la Sección de Visas de la Embajada o el Consulado para conocer los procedimientos e instrucciones locales, como por ejemplo, cómo programar una cita para una entrevista.
Los sitios web de la Embajada y el Consulado también explicarán cualquier procedimiento adicional para estudiantes, visitantes de intercambio y aquellas personas que necesitan una cita previa para una entrevista de visa.
ACERCA DE LOS TIEMPOS DE ESPERA
* Los días calendario se refieren a todos los días de la semana, incluidos los días en que las embajadas están cerradas (como fines de semana y feriados).
† Los días hábiles se refieren solo a los días en que la embajada está abierta y no incluye fines de semana ni feriados.
‡ El tiempo de espera de todas las demás visas de no inmigrante NO incluye las solicitudes de visa K o V, que se procesan de manera similar a las visas de inmigrantes. Las solicitudes A, G y NATO están excluidas de estos tiempos de espera, ya que se procesan por separado.
ACERCA DE GRUPO EDUCAJURIS
EL GRUPO EDUCAJURIS brinda orientación simple, asequible y paso a paso a través de las solicitudes de inmigración de USCIS. Las personas, los especialistas de inmigración y las organizaciones sin fines de lucro utilizan el servicio en una computadora de escritorio o en un dispositivo móvil para preparar formularios de inmigración con precisión, evitando costosas demoras. El GRUPO EDUCAJURIS permite a los usuarios probar el servicio de forma pagada y ofrece una garantía de devolución del 100 % del dinero de que USCIS aprobará la solicitud o petición. Brindamos asistencia para la Petición de familiar extranjero (Formulario I-130), la Solicitud de ajuste de estatus (Formulario I-485), la Petición para eliminar las condiciones de residencia (Formulario I-751) y varios otros formularios de USCIS .
Mas info al 809.505.9986/829.386.5449/829.368.3916.
- JOSE RAMÓN RAMIREZ SANCHEZ
- 29 jun 2022
- 2 Min. de lectura
GRUPO DOMINICANO DE CAPACITACION JURIDICA Y EMPRESARIAL
(GRUPO EDUCAJURIS)
Fundado el 04 de octubre 2016
Empresa Legalmente Constituida Bajo el Registro de ONAPI No. 516723
R.N.C. No. 13237829-6
Registro Mercantil No. 175710
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CONSEJOS DE INMIGRACION Y PRACTICAS
Presentado por Profesor JOSE RAMON RAMIREZ SANCHEZ
(Especialista en Derecho Migratorio)
Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana. - El mes de junio se celebró alrededor del mundo el Mes del Orgullo. La Embajada de los Estados Unidos en Santo Domingo apoya a la comunidad LGBTQI+ en la República Dominicana. Desde el año 2013, las embajadas y consulados de los Estados Unidos alrededor del mundo han procesado solicitudes de visa de matrimonio entre personas del mismo sexo de la misma manera que para cónyuges del sexo opuesto. Todos los solicitantes del mismo sexo que están comprometidos o casados legalmente son tratados equitativamente en los procesos de inmigración. Estos derechos también se extienden a los hijos e hijastros de relaciones del mismo sexo, donde uno de los padres es ciudadano estadounidense o residente legal permanente. No hay discriminación en las solicitudes de visa por motivos de raza, género, color, religión u orientación sexual.
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