Como Presentarse Como Abogado Fuera USA
- Por Jose R. Ramirez
- 29 sept 2020
- 4 Min. de lectura
FORMULARIO G-28I - AVISO DE PRESENTACIÓN COMO ABOGADO EN ASUNTOS FUERA DE LOS LÍMITES GEOGRÁFICOS DE LOS ESTADOS UNIDOS

Santo Domingo, Distrito Nacional.- La Forma G-28I se usa para notificar que un abogado admitido para ejercer la abogacía en un país que no sea Estados Unidos busque comparecer ante el DHS en un asunto fuera de los límites geográficos de los Estados Unidos.
FORMULARIO G-28I (AVISO DE REGISTRO DE COMPARECENCIA)
El gobierno de los Estados Unidos permite que abogados extranjeros participen en los procedimientos legales, en caso de que sean necesarios y sean elegibles para el caso. Al igual que con otras actividades relacionadas con la inmigración, existe un conjunto de procedimientos para ello, que comienza con la presentación de los formularios correspondientes. El formulario G-28I es uno de esos formularios. En este artículo, explicaremos qué es el Formulario G-28I y bajo qué circunstancias los abogados extranjeros deben presentarlo.
¿QUÉ ES EL FORMULARIO G-28I?
Del G-28I, oficialmente conocido como Aviso de comparecencia como abogado en asuntos fuera de los límites geográficos de los Estados Unidos, hay un formulario de representación de abogado. Se encuentra entre las dos formas de su categoría, siendo la otra la Forma G-28. El formulario es utilizado por un abogado extranjero para solicitar al Departamento de Valores de la Patria (DHS) y sus oficinas que le permitan brindar apoyo legal en el caso que tenga lugar fuera del confinamiento geográfico de los Estados Unidos. El propósito principal de G-28I es certificar que el abogado radicado en el extranjero es elegible y posee el nivel de educación y experiencia requeridos en el asunto para manejar el caso. El formulario es reconocido y aprobado por el DHS junto con USCIS, CBP (Custom and Border Protection) e ICE (Immigration and Customs Enforcement). Por lo que se puede utilizar en varios lugares.
FORMULARIO G-28 VS. G-28I
Debido a su sorprendente similitud, los Formularios G-28 y G-28I se consideran la misma y única forma, o uno es un complemento del otro. Pero ambas son formas diferentes que se utilizan en situaciones diferentes. El formulario G-28 se conoce oficialmente como Aviso de comparecencia como abogado o representante acreditado.
Entonces, según la definición, el G-28 es presentado por cualquier no ciudadano que espera presentar una solicitud relacionada con la inmigración y desea que un abogado lo acompañe en los procedimientos legales. El formulario G-28I, por otro lado, busca permiso para permitir que un abogado con sede en el extranjero para un caso particular que tenga lugar fuera de los límites de los Estados Unidos. Por lo tanto, la ciudadanía del abogado y la ubicación geográfica son las principales diferencias que debe comprender al decidir entre el Formulario G-28 y el G-28I.
¿QUIÉN NECESITA EL FORMULARIO G-28I?
El formulario G-28I es utilizado por un abogado de un país extranjero que desea representar a un cliente en casos de DHS que proceden fuera de las regiones geográficas de los EE. UU.
Existe una circunstancia particular bajo la cual se puede presentar el Formulario G-28I. Según la regla 8 CFR 292.1, los abogados fuera de los Estados Unidos pueden representar a una persona en asuntos presentados en la oficina del DHS que se encuentra fuera de los límites geográficos de los Estados Unidos. Este formulario no se puede utilizar para asuntos dentro de las fronteras de los Estados Unidos.
El formulario también establece la elegibilidad del abogado. Él o ella debe tener licencia para ejercer la abogacía y debe estar al día en el tribunal donde reside.
Si un abogado tiene que comparecer ante la oficina del DHS por un período breve (como presentarse para una entrevista) pero no se ocupa activamente del caso, también debe presentar el G-28I para ser elegible. Esto se hace a menudo a petición de un abogado que ha presentado el G-28I para el mismo caso.
El simple hecho de llenar el G-28I no permite que el abogado se presente personalmente en la oficina del DHS para los procedimientos y represente al cliente. Deben ser aprobados por un funcionario del DHS con quien reside la única discreción de permitir o rechazar.
DOCUMENTOS NECESARIOS PARA EL FORMULARIO G-28I
Los documentos solicitados para el Formulario G-28I variarán de un caso a otro. El documento principal solicitado por los funcionarios del DHS tiene que ver con su elegibilidad. Es posible que se le solicite que proporcione copias de su licencia según la cual ejerce la abogacía y las tarjetas de identificación emitidas por su país. Dependiendo de la gravedad del caso, se le pedirá que presente más documentos. Una vez que haya presentado el G-28I, los funcionarios del DHS le notificarán sobre este asunto. Pero para presentar G-28I, no se requieren muchos documentos, excepto las copias de su licencia.
¿DÓNDE ENVIAR EL FORMULARIO G-28I?
El abogado debe presentar el formulario G-28I en persona en la oficina del DHS más cercana, o según se le indique. Cada abogado que desee comparecer en el caso debe presentar un formulario por separado y completarlo en consecuencia.
COSTO DEL FORMULARIO G-28I
No hay ningún costo de presentación asociado con G-28I y es gratuito.
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