Conoce los principales tipos de phishing que los ciberdelincuentes ponen en circulación para intentar obtener datos privados y bancarios de los usuarios que piquen en la trampa.

¿Qué se conoce como phishing?
La técnica que consiste en el envío por parte de un delincuente de un correo electrónico a un usuario simulando ser una entidad legítima -red social, banco, institución pública, etc. -con el objetivo de robarle información privada.
Los correos de tipo phishing generalmente contienen algún enlace a una página falsa que suplanta la identidad de una empresa o servicio en la que, si introducimos nuestros datos, éstos pasarán directamente a manos del estafador.
Cuando hablamos de phishing casi siempre lo relacionamos con el correo electrónico, aunque cada vez más, se están detectando casos de este fraude con el mismo objetivo, pero que redirigen a una página web falsa a través de otros medios como pueden ser los mensajes intercambiados a través de aplicaciones de mensajería instantánea, mensajes en redes sociales o SMS.
¿Qué características tienen en común los correos de phishing?
Los mensajes suplantadores utilizan todo tipo de argumentos ingeniosos relacionados con la seguridad de la entidad o el adelanto de algún trámite administrativo para justificar la necesidad de facilitar sus datos personales. Entre las excusas frecuentes nos encontramos con:
Problemas de carácter técnico.
Recientes detecciones de fraude y urgente incremento del nivel de seguridad.
Nuevas recomendaciones de seguridad para prevención del fraude.
Cambios en la política de seguridad de la entidad.
Promoción de nuevos productos.
Premios, regalos o ingresos económicos inesperados.
Accesos o usos anómalos a tu cuenta.
Inminente desactivación del servicio.
Falsas ofertas de empleo.
Además, el correo fraudulento tratará de forzar al usuario a tomar una decisión de forma casi inmediata advirtiendo de consecuencias negativas como por ejemplo la denegación de acceso al servicio correspondiente o el pago de una multa económica.
Aunque los timadores perfeccionan sus técnicas continuamente, los mensajes fraudulentos generalmente se generan a través de herramientas automáticas que integran funcionalidades de traducción y diccionarios de sinónimos por lo que suelen presentar faltas ortográficas y errores gramaticales.
¿Qué servicios son los más utilizados por los ciberdelincuentes para suplantar su identidad?
1. Bancos y cajas
Excusas utilizadas para engañar al usuario: cambio en la normativa del banco, cierre incorrecto de la sesión del usuario, mejoras en las medidas de seguridad, detectada intrusión en sus sistemas de seguridad, bloqueo de la cuenta por motivos de seguridad, etc.
Objetivo: robar números de tarjetas de crédito, tarjetas de coordenadas, PIN secreto, etc.
Ejemplos reales: phishing a ING DIRECT, phishing a Bankia, phishing a Banco Popular, phishing a Caja España, phishing al Banco Santander, phishing a Banco BBVA.

2. Pasarelas de pago online (PayPal, Mastercard, Visa, etc.)
Excusas utilizadas para engañar al usuario: cambio en la normativa del servicio, cierre incorrecto de la sesión del usuario, mejoras en las medidas de seguridad, detectada intrusión en sus sistemas de seguridad, etc.
Objetivo: al igual que en el caso del phishing anterior, principalmente robar datos bancarios
Ejemplos reales: phishing a Mastercard.

3. Redes sociales (Facebook, Twitter, Tuenti, Instagram, Linkedin, etc.)
Excusas utilizadas para engañar al usuario: alguien te ha enviado un mensaje privado, se han detectado conexiones extrañas en la cuenta, por motivos de seguridad es necesario que se cambien las claves, etc.
Objetivo: robar cuentas de usuarios, obtener sus datos privados y suplantar su identidad.
Ejemplos reales: phishing en Facebook, phishing en Twitter.

4. Páginas de compra/venta y subastas (Amazon, eBay, etc.)
Excusas utilizadas para engañar al usuario: problemas en la cuenta del usuario, detectados movimientos sospechosos, actualización de las condiciones del uso del servicio, etc.
Objetivo: robar cuentas de usuarios y estafar económicamente al usuario
Ejemplos reales:

5. Juegos online
Excusas utilizadas para engañar al usuario: fallos de seguridad en la plataforma del juego, problemas en la cuenta del usuarios.
Objetivo: robar cuentas, datos privados, bancarios y suplantar la identidad de los usuarios.
Ejemplos reales:

6. Soporte técnico y de ayuda (helpdesk) de empresas y servicios (Outlook, Yahoo!, Apple, Gmail, etc.)
Excusas utilizadas para engañar al usuario: confirmación de la cuenta de usuario, eliminación de cuentas inactivas, detectada actividad sospechosa en la cuenta, se ha superado el límite de capacidad de la cuenta, etc.
Objetivo: robar cuentas y datos privados de los usuarios.
Ejemplos reales: phishing a Apple

7. Servicios de almacenamiento en la nube (Google Drive, Dropbox, etc.)
Excusas utilizadas para engañar al usuario:
Objetivo: Conseguir cuentas de distintos servicios de usuarios, obtener información privada.
Ejemplos reales: phishing a Google Docs

8. Phishing a servicios o empresas públicas
Excusas utilizadas para engañar al usuario: información sobre una notificación, una multa,
Objetivo: infectar el ordenador, robar datos privados, bancarios y estafar económicamente al usuario.
Ejemplos reales: phishing a la Agencia Tributaria, phishing a la Policía Nacional, phishing a Correos y Telégrafos.

9. Phishing a servicios de mensajería
Excusas utilizadas para engañar al usuario: el paquete enviado no ha podido ser entregado, tienes un paquete esperando, información sobre el seguimiento de un pedido, etc.
Objetivo: infectar ordenadores, robar
datos privados y bancarios de los usuarios.
Ejemplos reales: phishing a DHL

10. Falsas ofertas de empleo
Excusas utilizadas para engañar al usuario: puestos de trabajo.
Objetivo: robar datos privados que pueden ser utilizados posteriormente con distintos fines fraudulentos.
Ejemplos reales: Las 8 falsas ofertas de empleo más utilizadas por ciberdelincuentes en Internet
NOTA: las empresas y servicios están invirtiendo muchos esfuerzos en mejorar sus sistemas de seguridad. La práctica del phishing no se debe asociar a problemas de seguridad por su parte, se trata de una técnica que utilizan los ciberdelincuentes, empleando la imagen de empresas y servicios conocidos como gancho para propagarse. Debido a la cantidad de problemas que genera este fraude entre los usuarios, la mayoría de empresas y servicios luchan contra el phishing y alertan sobre él en su página web.
¿Cómo puedes protegerte del phishing?
Usa los filtros antispam que facilitan los clientes de correo electrónico. También puedes ayudarte de herramientas específicas que bloquean el correo no deseado.
Configura la opción antiphishing que incorporan los navegadores:
El Filtro SmartScreen de Internet Explorer ayuda a identificar sitios web notificados como de suplantación de identidad (phishing) o de malware
Protección contra el Malware y el Phishing en Firefox
Protección contra phishing y software malicioso en Google Chrome
Evitar la suplantación de identidad (phishing) en Safari
Verifica la legitimidad del sitio web. Fíjate siempre en la URL para asegurarte que estás en la página web oficial en la que querías estar y no se trata de una web que la está suplantando.
Has detectado un caso de phishing. ¿Qué debes hacer?
No accedas a las peticiones de solicitud de información. En caso de duda, consulta directamente a la empresa o servicio a través de los mecanismos oficiales que facilitan en su página web oficial.
No contestes en ningún caso a estos correos.
Bajo ningún concepto sigas posibles enlaces que se puedan facilitar en el correo fraudulento ni descargues ficheros que traiga adjuntos.
Elimínalo y, si lo deseas, alerta a tus contactos sobre este fraude.
Haznos llegar los correos sospechosos a http://www.osi.es/es/te-ayudamos/actua-ante-el-fraude
En ocasiones, una imagen vale más que mil palabras. Rescatamos una infografía que publicamos en nuestro blog la cual explicaba de forma gráfica y sencilla este fraude.
- WIKIPEDIA
- 12 jun 2018
- 2 Min. de lectura

Las relaciones Chile-República Dominicana son las relaciones internacionales entre la República de Chile y la República Dominicana.
Historia
Si bien los primeros contactos diplomáticos entre ambas naciones se dieron durante la segunda mitad del siglo XIX, la primera representación permanente en Santo Domingo fue en el año 1938, cuando se acredita a Domingo Amunátegui Lecaros. Más recientemente, la realización de las Primeras Consultas Políticas, Económicas y de Cooperación entre ambos países, en octubre de 2009, marcó un hito en la relación bilateral, pues permitió definir una agenda de trabajo concreta para fortalecer las relaciones bilaterales entre ambos países.
Los principales acuerdos y tratados bilaterales signados entre Chile y República Dominicana se han dado en materia de cooperación técnica y científica, supresión del requisito de visa para diplomáticos, transporte aéreo e innovación tecnológica.2 Desde 2008, ambos países se encuentran estudiando la posibilidad de concretar un acuerdo comercial bajo la forma de un tratado de libre comercio.
Asimismo, y en consideración a la creciente inmigración dominicana en Chile, ambos países suscribieron en 2017 un memorándum de entendimiento para mantener un intercambio permanente en temas de política migratoria, así como para definir estrategias que interesen a cada una de las partes, e intercambiar experiencias de buenas prácticas.
Misiones diplomáticas
Chile estableció su embajada en Santo Domingo,5 y cuenta también con un consulado honorario en Punta Cana desde 2014.6
República Dominicana estableció su embajada en Santiago de Chile, en la comuna de Vitacura.7
Véase también
Relaciones bilaterales de Chile
Inmigración dominicana en Chile
Categoría:Embajadores de Chile en República Dominicana
Categoría:Embajadores de República Dominicana en Chile
Referencias
Volver arriba↑ Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. «Relaciones Bilaterales». Embajada de Chile en República Dominicana. Consultado el 6 de julio de 2017.
Volver arriba↑ Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. «Acuerdos y Tratados Bilaterales». Embajada de Chile en República Dominicana. Consultado el 6 de julio de 2017.
Volver arriba↑ «Chile y República Dominicana inician diálogo para negociar un acuerdo comercial». Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales. 14 de enero de 2015. Consultado el 6 de julio de 2017.
Volver arriba↑ Agencia EFE (17 de mayo de 2017). «Chile y República Dominicana firman acuerdos sobre temas migratorios y consulares». Pulso. Consultado el 6 de julio de 2017.
Volver arriba↑ Embajadas de Chile en el exterior
Volver arriba↑ «Chile y República Dominicana firmarán acuerdo de libre comercio». Diario Libre. 4 de mayo de 2014. Consultado el 6 de julio de 2017.

Las dudas más comunes de los turistas que viajan a Estados Unidos es que no saben la frecuencia con la que pueden ingresar al país. Esta incertidumbre aplica tanto a los extranjeros que viajan con una visa de turista, conocida también como de pase, placer, B2 o B1/B2, como aquellos que pueden ingresar sin visa por pertenecer a un país del Programa de Exención de Visados. Esta duda está muy relacionada con otra: cuánto tiempo se puede estar legalmente en Estados Unidos en estatus de turista. Y eso es porque muchas veces los extranjeros alargan al máximo su estadía, salen y regresan al poco tiempo. Todo eso puede dar lugar a problemas migratorios. Por ello este artículo pretende clarificar estos puntos.

Fecha máxima autorizada para estar legalmente en Estados Unidos
Antes de explicar cuánto tiempo es conveniente esperar fuera de USA antes de regresar y si es conveniente permanecer en EEUU el plazo máximo permitido, conviene empezar por un dato objetivo. Ya que todos los turistas pueden saber el día máximo de estancia autorizada. Aquí hay que distinguir dos situaciones:
En primer lugar, las personas con visa de turista B2. Como regla general se les permite una estancia de seis meses, pero puede ser menos. Si se tiene una visa de turista, jamás confundir la fecha de vencimiento con la fecha máxima autorizada de estancia, porque son 2 cosas muy distintas.
Y es que la cantidad de días permitidos de estancia en Estados Unidos para las personas con visa de turista los determina el inspector de Inmigración al llegar al puerto, aeropuerto o puesto aduanero terrestre.
En estos casos el documento conocido como I-94 es el fundamental y el que hay que respetar. (Para los casos de visa láser referirse a sus propias reglas).
En cuestión de fechas en documentos americanos, recordar siempre que si se utilizan números para el día y el mes, en inglés van primero los dos dígitos del mes y después los dos del día.
Así, el 05/03 hay que entenderlo como el tres de mayo. NO como el cinco de marzo.
En segundo lugar, está la situación de las personas que ingresan sin visado por pertenecer a un país dentro del Programa de Exención de Visas (VWP, por sus siglas en inglés). Pueden permanecer en el país un máximo de 90 días que no se pueden extender bajo ningún concepto. No hay excepciones.
Si se pertenece a un país del VWP tener en cuenta que si se quiere pasar más de 90 días en EEUU hay que pedir al consulado una visa de turista regular. Pero hay que tener en cuenta en en estos casos los índices de negación de la petición son muy altos.
Hay que tener una buena razón para querer pasar más de tres meses como turista en EEUU y no simplemente "pasear", "dar una vuelta", "conocer el país", particularmente si no se tienen lazos económicos o familiares fuertes en el país de residencia.
En ambos casos -con visa o sin visa -si se sale del país antes de la fecha autorizada se cumple con la ley en sentido estricto y se evita una estancia ilegal.

Problemas a pesar de haber respetado la ley migratoria
Pero lo cierto es que personas que aún cuando respetaron escrupulosamente estos plazos han tenido problemas cuando han intentado regresar a Estados Unidos.
Las razones pueden ser varias, entre ellas destacan dos:
se ha alargado la estancia el máximo permitido, de algún modo llamando así la atención
se ha salido de Estados Unidos y, de un modo prácticamente inmediato, se intenta regresar, también llamando de algún modo la atención.
Entonces, ¿a partir de cuántos días de estancia se puede tener problemas?
No hay leyes ni normas que digan expresamente cuándo se puede convertir en problemático alargar la estancia dentro de Estados Unidos dentro del plazo permitido.
Es decir, no se puede decir si es buena idea o muy mala quedarse cinco meses y medio si lo máximo otorgado son seis (con visa) o agotar los 90 días en el caso de países del Programa de Exención de Visas. Va a depender de las circunstancias de cada unoy cómo las interprete el inspector de Inmigración, más abajo se amplía este punto.

¿Cuánto tiempo hay que esperar para regresar como turista a Estados Unidos?
Tampoco hay ninguna ley o regla que especifique cuánto tiempo hay que permanecer fuera de Estados Unidos antes de regresar.
La razón es que no hay respuesta que se ajuste a todas las personas, por eso no hay respuesta. Pero si se quiere evitar problemas conviene tener en cuenta lo siguiente:
Un turista viene a Estados Unidos a hacer turismo. Esa es la finalidad.
Los turistas, tanto con visa como con VWP, tienen que tener lazos familiares y económicos o educativos fuertes en el país de residencia.
La última palabra sobre si se le permite el ingreso a Estados Unidos a un extranjero la tiene el inspector de Inmigración en las aduanas americanas. Estas son 20 causas por las que pueden negar el ingreso.
Son también razones por las que los consulados pueden no aprobar visas no inmigrante o no renovarlas. Además, estas son 22 causas por las que se considera que una persona es inadmisible para recibir la visa y/o ingresar a USA.
Si el oficial del control migratorio tienen conocimiento de alguna de ellas, habrá problemas.
Teniendo en cuenta esos tres factores conjuntamente, lo recomendable es tener sentido común y evitar viajes muy seguidos o estancias muy largas si pueden dar que sospechar al inspector de Inmigración de que lo que se pretende es vivir en Estados Unidos o que se está buscando trabajo o que se está trabajando (obviamente de una forma ilegal).
Obviamente, habrá personas que por sus circunstancias personales no serán sospechosas.
Por ejemplo, tienen un gran capital y entran y salen de EEUU frecuentemente por negocio o para simplemente comprar, etc.
Pero otras sí que llamarán la atención y harán que el inspector de Inmigración se pregunte: ¿tiene dinero suficiente para pagarse unas vacaciones tan largas?, ¿ha dejado de trabajar o de estudiar y por eso pasa temporadas tan grandes en EEUU? Y, ¿estará buscando trabajo, etc.?

¿Qué puede pasar si se sospecha de las intenciones de un turista?
Lo cierto es que pueden suceder varias situaciones. En primer lugar, el inspector de Inmigración le impide el ingreso, bien permitiendo una retirada de la intención de entrar a EEUU o bien mediante una expulsión inmediata.
Es muy importante entender qué realmente pasó, ya que los efectos entre una retirada y una expulsión son muy diferentes. Si en el control migratorio escriben I-275 en el pasaporte, es importante conocer las consecuencias.
En segundo lugar, es posible que el oficial migratorio le envíe a una segunda inspección, en otras palabras, el famoso cuartito.
En tercer lugar, el problema puede saltar en el momento en que toca renovar la visa el consulado donde probablemente se va a negar la petición.

Quedarse en USA más tiempo del permitido
A veces, para evitar el riesgo de ser parado en un puesto migratorio porque al oficial se le hace sospechoso la frecuencia de los ingresos, algunas personas deciden no salir de Estados Unidos cuando deberían haberlo hecho. Sin embargo esa es una idea mala ya que hay que tener presente que quedarse más tiempo del permitido tiene consecuencias graves como quedarse en situación de indocumentado, sufrir la cancelación de la visa, prohibición de utilizar el Programa de Exención de Visados e incluso una penalidad por aplicación del castigo que se conoce como de los 3 y de los 10 años. Además se estaría en un estatus de indocumentado y las autoridades migratorias pueden iniciar un procedimiento de remoción del país.
Solamente en casos muy excepcionales se permite restaurar el estatus una vez que se pierde por estancias más largas de lo autorizado.
De interés para turistas extranjeros en Estados Unidos
Estados Unidos es el segundo país del mundo que recibe más turistas internacionales, solo después de Francia. Finalmente en muchas ocasiones los problemas surgen, simplemente, de la ignorancia, del no saber.
Fuente virtual
https://www.thoughtco.com/frecuencia-se-puede-volver-visa-turista-1965332