- Grupo Educajuris
- 20 ago 2018
- 2 Min. de lectura

Se pueden programar las citas de grupos para aquellos solicitantes que vayan a viajar juntos a los Estados Unidos con el mismo propósito de viaje. Hay que solicitar las citas de grupo usando el perfil regular, no el perfil de un Coordinador de Viaje. Un grupo se define como cinco (5) o más personas que no sean miembros de una familia que vayan a viajar juntos a los Estados Unidos con el mismo propósito y que también cumplan con uno o más de los siguientes criterios.
Niños menores que viajan juntos a asistir un evento deportivo, escolar, o de un club (tal como Ligas Pequeñas, concurso de karate, o modelo de las naciones unidas, etc.), o
Estudiantes universitarios que viajan juntos para un evento patrocinado por la universidad, como para participar en un evento deportivo,
Miembros de un grupo músico u otro grupo profesional o atlético que viajan para participar en un evento en los Estados Unidos que van a solicitar una visa de desempeño especial o atlético (visas “P” u “O”), o
Jugadores de béisbol que estén participando en una demostración auspiciada por el Béisbol de las Grandes Ligas (MLB) en los Estados Unidos, o
Adultos que son mandados por sus patrones a los EEUU para reuniones/capacitación/etc. En ese caso se habrá que incluir una carta acerca del evento en el pedido de una cita para el grupo. Esta carta tendrá que detallar la información acerca de los contactos del grupo en los EEUU.
Solicitantes en búsqueda de visas de trabajadores temporales para puestos de agricultura (visas “H2A”) o de trabajos no calificados (visas “H2B”).
Los siguientes son ejemplos de viajes que no califican para el proceso de citas de grupos:
Solicitantes adultos que están solicitando para asistir a un entrenamiento, conferencia o convención.
Solicitantes adultos que van a participar en un evento deportivo no profesional (Softball, voleibol, karate, etc.)
Solicitantes adultos que van de vacaciones (cruceros, tours, etc.).
Coordinadores de Viajes. Lea más sobre el perfil de Coordinadores de Viajes aquí.
Las solicitudes de citas de grupo serán revisadas y se enviará una notificación indicando la aprobación de la misma, junto con la fecha y hora de la cita programada o la explicación de la denegación de la solicitud. Si se rechaza una solicitud de cita de grupo, tendrá que reservar citas individuales a través del proceso normal.
Enlace virtual
http://www.ustraveldocs.com/do_es/do-svc-groupappointment.asp
- Grupo Educajuris
- 12 ago 2018
- 3 Min. de lectura

Foto de Jennyfe Pinales. Derecho Migratorio Básico USA. Estudiante de clases particulares del GRUPO EDUCAJURIS.
Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional.- En tiempos de educación de masas, el apoyo al aprendizaje fuera de la escuela puede proveer, aunque no sea siempre así, una experiencia individualizada. Esto contrasta con la institución educativa o universitaria, donde un facilitador o catedrático debe estar al frente de algunas decenas de estudiantes, no siempre pudiendo ayudarles o discernir las dificultades de cada uno. Las clases particulares convierten el aprender en una tarea donde prima el esfuerzo individual.
Es importante para los estudiantes el hecho de recibir atención de un docente que cumple el rol de amigo, en una relación de confianza y cercanía que a veces no puede lograr con sus maestros en la escuela, instituto o universidad, ya que deben atender a más estudiantes como él. Es el profesor particular quien comprenderá mejor cuáles son sus verdaderas dificultades o debilidades a la hora de aprender. Esto se debe a que las clases de apoyo se realizan en un ámbito informal y más relajado, donde no hay obligación de cumplir con objetivos (pasar exámenes, obtener buenas calificaciones, etcétera).
Indudablemente, el docente particular no reemplaza el rol de la escuela, instituto o universidad. Sin embargo, es su tarea profundizar en los contenidos que el estudiante no hay podido asimilar, así como ayudarle a sobrellevar los inconvenientes que suponen las tareas diarias o los exámenes. No es una figura que ayude a “salvarse” en momentos de dificultad sino que brinda herramientas para que el estudiante pueda obtener los logros por sus propios medios.
Al ser una necesidad temporal, las clases particulares no suelen ser constantes en la educación o capacitación de los alumnos, a excepción de asignaturas específicas como inglés o algún otro idioma. El estudiante sabe que el profesor particular está allí para ayudarle porque necesita mejorar en su formación y conocimientos. Lo que no siempre sabe es que es él quien debe lograrlo por sí mismo y que el profesor estará allí para acompañarlo pero no para hacerle la tarea más fácil. En estas situaciones. Las clases particulares no son un castigo ni una ayuda para que una persona apruebe fácilmente, es más bien un guía.
A menudo los estudiantes se agobian cuando las exigencias son imposibles de cumplir, cuando los profesores no consideran que los alumnos tengan otras actividades u obligaciones fuera de la escuela, instituto o universidad, o simplemente cuando la institución educativa fomenta la competencia entre alumnos, generando mucha ansiedad en ellos mismos. . Por eso, las clases particulares no siempre apuntan a estudiantes con problemas de aprendizaje sino también a personas con vidas sobrecargadas de tareas, obligaciones, deberes y altos estándares que alcanzar.

Foto de Walbert Jimenez. Derecho Migratorio Básico USA. Estudiante de clases particulares del GRUPO EDUCAJURIS.
En síntesis, las clases particulares se han vuelto una necesidad para suplir las carencias del sistema educativo o universitario o para afianzar los contenidos que ésta no logra transmitir eficazmente a los alumnos. A veces esto se debe a la alta exigencia de la escuela. Cada alumno es único y sus necesidades deben ser consideradas individualmente; es por eso que un profesor particular puede ser de mucha ayuda, focalizando en lo que el estudiante requiere para alcanzar sus metas.
Contacto: Teléfonos. 829.391.5800-849.296.5800.
Email: educajursi1970@gmail.com.
Representante ejecutivo Octavo Congreso Virtual Iberoamericano de Calidad en Educación Virtual y a Distancia, EduQ@2019
http://www.eduqa.net/eduqa2019/index.php/instituciones-participantes
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Otros cursos:
Negligencia Médica: Responsabilidad, Civil y social de Los Profesionales Médicos. Expositores: Magistrada Julisa Hernández. Magistrada Luisa Ramírez.
El Ámbito Penal y su Implicación en el Derecho Migratorio.
Como Detectar un Pasaporte Pasó a Paso. Método FALSO. Expositor: Magistrado Juan Mateo Ciprian. Perito en Fraudes. Director Departamento de Investigación de Falsificaciones.
Procedimiento Práctico Especial Ante Los Tribunales de Niños, Niñas y Adolescentes. Expositores: Magistrada Julisa Hernández. Magistrada Luisa Ramírez.
Procedimiento Práctico Del Recurso de Apelación. Expositor: Magistrado Dante Castillo. Fiscal Titular de Azua.
Preparación y Envío Formulario de Residencias Dominicanas. Licda. Sandra Mendoza. Directora Departamento de litigios de la Dirección General de Pasaportes. Experto en Gestión y Detección de Documentos Falsos con Fines de Viajes. Expositor: Magistrado Juan Mateo Ciprian. Perito en Fraudes. Director Departamento de Investigación de Falsificaciones Fiscalía del Distrito Nacional.
Procedimiento Práctico Especial de las Declaraciones Tardías de Actas de Nacimientos y Defunciones. Magistrada Carmen Espinal Geo. Expositora: Directora Asuntos Civiles Fiscalía del Distrito Nacional.
Experto en Tramites de Documentaciones Migratoria USA. Como tramitar los servicios que ofrece la Embajada en los Ciudadanos Americanos.
Expositor: Profesor José Ramón Ramírez Sánchez. Director Grupo EDUCAJURIS.
Preparación y Envío Formulario DS160, Evaluación Perfil, Creación Perfil VAC, Visa de Grupos, Renovación, Programación y Reprogramación Citas USA. Ética, Honorarios y Márqueting del Preparador de Documentaciones Migratorias USA. Expositor: Profesor José Ramón Ramírez Sánchez. Director Grupo EDUCAJURIS.
[JRRS1]
- Grupo Educajuris
- 3 ago 2018
- 3 Min. de lectura

Requisitos para el Permiso de Reingreso de Residente USA
De acuerdo con el Departamento de Migración de los Estados Unidos, entre los requisitos para poder aplicar para este permiso, figura que el aplicante debe encontrarse en Estados Unidos y:
Llenar un formulario llamado “I-131” a través del Centro de Servicio de Nebraska.
Debe también enviar dos fotos.
Explicar la razón por la cual quiere permanecer fuera de Estados Unidos durante dos años, que es el tiempo máximo de expedición.
Las condiciones mínimas que se establecen para solicitar esta permanencia fuera de territorio estadounidense son estudio y enfermedad, y para éstas puede solicitar toda persona que sea residente legal de Estados Unidos.
Se debe incluir entre los documentos presentados:
Una copia de ambos lados de su tarjeta de residencia.
Si el aplicante quiere que su permiso de entrada le sea enviado a República Dominicana, deberá escribir la dirección del consulado estadounidense, su número de teléfono y dirección fuera de Estados Unidos.
Una vez que el Centro de Servicio de Nebraska haya tomado las huellas digitales del aplicante, este puede retornar a República Dominicana.
No existe un tiempo mínimo en territorio estadounidense para poder aplicar para un permiso de reentrada, y la misma puede ser expedida en tres meses, aunque el tiempo desde que se hace la solicitud hasta su aprobación se puede tomar cerca de cinco.
El permiso es válido por dos años. Es renovable “dependiendo de la emergencia”.
PREGUNTAS Y RESPUESTAS
¿Qué pasará si no solicito el permiso de reingreso antes de viajar fuera de los Estados Unidos?
Si eres residente permanente legal y tienes planificado viajar fuera de los Estados Unidos por un año o más, es importante que solicites tu permiso de reingreso antes de salir de los Estados Unidos.
Si permaneces fuera del país por un año o más y no solicitaste el permiso de reingreso antes de salir, se podría considerar que has abandonado tu estatus de residente permanente. Si esto sucede, podrías ser referido a comparecer ante un juez de inmigración para determinar si abandonaste o no tu estatus. Si estás en esta situación, consulta con el Consulado de los Estados Unidos acerca de la visa de reingreso de residente.
Soy un LPR (Residente Permanente Legal) y necesito viajar al extranjero (Fuera de los Estados Unidos). ¿Puedo presentar mi Formulario I-131 para conseguir un permiso de reingreso mientras estoy fuera de los Estados Unidos?
No. no puedes presentar el Formulario I-131 para obtener un permiso de reingreso a menos que estés físicamente presente en los Estados Unidos cuando presentes el formulario. Debes presentar Tu Formulario I-131 por lo menos 60 días antes de la fecha programada para tu viaje al extranjero.
Si presento el Formulario I-131 para obtener un permiso de reingreso mientras estoy en los Estados Unidos, ¿es posible que USCIS rechace mi Formulario I-131 si salgo de los Estados Unidos mientras el formulario aún está pendiente?
Te recomiendo que presentes el Formulario I-131 mientras está en los Estados Unidos. Sin embargo, no necesitas estar en los Estados Unidos para que USCIS apruebe tu Formulario I-131 y emita un permiso de reingreso para tu siempre y cuando ya se hayan obtenido tus datos biométricos. Puedes indicar en tu Formulario I-131 que deseas que USCIS envíe tu permiso de reingreso a una Embajada de los Estados Unidos, un Consulado, o una oficina del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) en el extranjero, para que puedas recogerlo en uno de ellos.
Si presento el Formulario I-131 para obtener un permiso de reingreso mientras estoy en los Estados Unidos, ¿puedo presentar mis datos biométricos mientras estoy fuera de los Estados Unidos?
No. Cuando presentes tu Formulario I-131 para obtener un permiso de reingreso, USCIS te notificará cuándo debas presentarte al Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC, por sus siglas en inglés) designado para la obtención de tus datos biométricos. Deberás facilitar tus datos biométricos en el ASC mientras estás en los Estados Unidos. Si sales de los Estados Unidos antes de facilitar tus datos biométricos, USCIS podría denegarte tu solicitud.