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Noticias y Artículos


-NOTICIAS DE EDUCAJURIS-


GRUPO DOMINICANO DE CAPACITACION JURIDICA Y EMPRESARIAL

(GRUPO EDUCAJURIS)

Fundado el 04 de octubre 2016

Empresa Legalmente Constituida Bajo el Registro de ONAPI No. 516723

R.N.C. No. 13237829-6

Registro Mercantil No. 175710

-ESCUELA INTERNACIONAL DE DERECHO-


CONSEJOS DE INMIGRACION Y PRACTICAS

Presentado por Profesor JOSE RAMON RAMIREZ SANCHEZ

(Especialista en Derecho Migratorio)

31/05/2022


Es posible obtener una visa B1/B2, pero no se debe esperar. Cuando se presenta la petición I-130 en su nombre, le indica al gobierno de los EE. UU. que tiene la intención de vivir en los EE. UU. de forma permanente en algún momento en el futuro. Como resultado, su solicitud de visa de no inmigrante recibirá un escrutinio adicional. Por lo general, las visas de no inmigrante solo se otorgan a los viajeros que presentan pruebas suficientes de que la visita será temporal. Obtenga más información sobre cómo ingresar a los EE. UU. con una visa de visitante con un I-130 pendiente.



Muchas personas con peticiones I-130 pendientes pueden viajar exitosamente a los EE. UU. con una visa B (o el Programa de Exención de Visa). Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses también pueden solicitar una visa K-3. Cada caso es diferente. Así que hable con un abogado de inmigración sobre su situación.






ACERCA DE GRUPO EDUCAJURIS

EL GRUPO EDUCAJURIS brinda orientación simple, asequible y paso a paso a través de las solicitudes de inmigración de USCIS. Las personas, los especialistas de inmigración y las organizaciones sin fines de lucro utilizan el servicio en una computadora de escritorio o en un dispositivo móvil para preparar formularios de inmigración con precisión, evitando costosas demoras. El GRUPO EDUCAJURIS permite a los usuarios probar el servicio de forma pagada y ofrece una garantía de devolución del 100 % del dinero de que USCIS aprobará la solicitud o petición. Brindamos asistencia para la Petición de familiar extranjero (Formulario I-130), la Solicitud de ajuste de estatus (Formulario I-485), la Petición para eliminar las condiciones de residencia (Formulario I-751) y varios otros formularios de USCIS .

Mas info al 809.505.9986/829.386.5449/829.368.3916.


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Fundado el 04 de octubre 2016

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Registro Mercantil No. 175710

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CONSEJOS DE INMIGRACION Y PRACTICAS

Presentado por Profesor JOSE RAMON RAMIREZ SANCHEZ

(Especialista en Derecho Migratorio)

31/05/2022



Antes de que alguien pueda solicitar una tarjeta verde (a través de la familia), se deben cumplir dos condiciones principales. Debe tener una petición I-130 aprobada Y una visa debe estar disponible para usted.


Si se encuentra en una categoría de pariente inmediato (cónyuge, padre o hijo soltero menor de 21 años de un ciudadano estadounidense), siempre hay una visa de inmigrante disponible. Puede solicitar la tarjeta verde inmediatamente. Si está físicamente presente dentro de los Estados Unidos, puede ser elegible para el ajuste de estatus. De lo contrario, deberá pasar por la ruta de procesamiento consular.


Si está en una categoría de preferencia familiar, hay un límite en la cantidad de visas de inmigrante disponibles cada año. Como resultado, generalmente hay una espera que varía según la categoría y el país. Para determinar cuándo una visa está disponible para usted, es necesario leer el boletín de visas. Generalmente, las categorías de preferencia familiar se aplicarán a través del proceso consular.


ACERCA DE GRUPO EDUCAJURIS

EL GRUPO EDUCAJURIS brinda orientación simple, asequible y paso a paso a través de las solicitudes de inmigración de USCIS. Las personas, los especialistas de inmigración y las organizaciones sin fines de lucro utilizan el servicio en una computadora de escritorio o en un dispositivo móvil para preparar formularios de inmigración con precisión, evitando costosas demoras. El GRUPO EDUCAJURIS permite a los usuarios probar el servicio de forma pagada y ofrece una garantía de devolución del 100 % del dinero de que USCIS aprobará la solicitud o petición. Brindamos asistencia para la Petición de familiar extranjero (Formulario I-130), la Solicitud de ajuste de estatus (Formulario I-485), la Petición para eliminar las condiciones de residencia (Formulario I-751) y varios otros formularios de USCIS .

Mas info al 809.505.9986/829.386.5449/829.368.3916.


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Fundado el 04 de octubre 2016

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CONSEJOS DE INMIGRACION Y PRACTICAS

Presentado por Profesor JOSE RAMON RAMIREZ SANCHEZ

(Especialista en Derecho Migratorio)

31/05/2022


Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana.- Los residentes permanentes utilizan el Formulario I-90, Solicitud para reemplazar la tarjeta de residente permanente, para solicitar el reemplazo o la renovación de una Tarjeta de residente permanente existente (tarjeta verde). Si no está familiarizado con la solicitud, es posible que tenga una de las muchas preguntas sobre la renovación de la tarjeta verde.


Es por eso que muchos residentes permanentes usan al GRUPO EDUCAJURIS para preparar el Formulario I-90. Abogados de inmigración diseñaron este software de bajo costo que usted mismo puede hacer para facilitar la solicitud y ayudar a los solicitantes a evitar errores. El servicio de atención al cliente también está disponible para responder muchas de sus preguntas sobre la renovación de la tarjeta verde. Comience gratis. Solo paga si eres elegible. LLAMANOS AHORA AL 809.505.9986.


No mantener una tarjeta verde actualizada puede dificultar los viajes internacionales o demostrar su elegibilidad para trabajar en los Estados Unidos.


PREGUNTAS SOBRE LA RENOVACIÓN DE LA TARJETA VERDE

Según nuestra experiencia con miles de residentes permanentes, estas son algunas de las preguntas y respuestas más comunes sobre la renovación de la tarjeta verde.


1. ¿CUÁNDO DEBO RENOVAR MI TARJETA VERDE?

RESPUESTA: La mayoría de las tarjetas verdes de EE. UU. vencen cada diez años. Lo mejor es presentar el Formulario I-90 para la renovación de una tarjeta verde 6 meses antes de la fecha de vencimiento de la tarjeta verde. Si esa fecha ha pasado, no perderá su residencia permanente. Pero debe solicitar la renovación de una tarjeta verde lo antes posible. No presente el Formulario I-90 para la renovación de una tarjeta verde antes de los seis meses anteriores a la fecha de vencimiento; USCIS puede rechazar su solicitud y enviársela por correo. Vea más sobre cuándo renovar una tarjeta verde.


Algunas tarjetas verdes más antiguas no tienen fecha de vencimiento. En este momento, USCIS no requiere la renovación de estas tarjetas siempre que "I-551" esté impreso en letra pequeña en la esquina de la tarjeta. Si su tarjeta tiene impreso "I-151", ya no es válida. Pero incluso una tarjeta verde válida y antigua puede crear problemas si la tarjeta está dañada o la foto no está actualizada.


2. ¿QUÉ ES LA CLASE DE ADMISIÓN?

RESPUESTA: El Formulario I-90 (Parte 1, Pregunta 14) le pide que indique su clase de admisión. La clase de admisión es la categoría de visa de inmigrante que se utilizó para admitir a un inmigrante en los EE. UU. como residente permanente o residente permanente condicional.



RENOVACIÓN DE TARJETA VERDE

La mayoría de las personas pueden encontrarlo en el frente de la tarjeta verde. Sin embargo, diferentes versiones de la tarjeta verde colocan la información en diferentes lugares. Cuando prepara su Formulario I-90 en el GRUPO EDUCAJURIS, proporcionamos una lista desplegable de clases válidas de códigos de admisión e ilustraciones de varias tarjetas verdes para que pueda identificar correctamente su clase de admisión.


Asimismo, la fecha de admisión se refiere a la fecha en que se le otorgó el estatus de residente permanente o residente permanente condicional. Tenga cuidado: la fecha de admisión no es necesariamente la misma fecha en que ingresó físicamente a los Estados Unidos. Use la fecha de "Residente desde" en su tarjeta verde.


GARANTÍA USCIS DEL GRUPO EDUCAJURIS

El GRUPO EDUCAJURIS garantiza que se aprobará su I-90

Cuando prepara la renovación de su tarjeta verde en el GRUPO EDUCAJURIS, le brindamos instrucciones y alertas simples paso a paso para ayudarlo a evitar costosas demoras. Incluso garantizamos que USCIS aprobará su solicitud. No se requiere tarjeta de crédito para comenzar.


INICIAR SOLICITUD I-90

3. ¿CÓMO DETERMINO EL LUGAR DONDE SOLICITÉ UNA VISA DE INMIGRANTE O UN AJUSTE DE ESTATUS?

RESPUESTA: Si solicitó una visa de inmigrante, esta es la ubicación de la Embajada o Consulado de los EE. UU. donde originalmente obtuvo su visa. Si presentó una Solicitud de ajuste de estatus (Formulario I-485) porque ya estaba en los Estados Unidos, esta es la ubicación de la oficina de USCIS donde presentó la solicitud. Cuando prepara su Formulario I-90 en el GRUPO EDUCAJURIS, proporcionamos apoyo adicional y diagramas para ayudarlo a responder esta pregunta.

4. ¿CUÁNTO CUESTA RENOVAR MI TARJETA VERDE?

RESPUESTA: Las tarifas totales de USCIS para la renovación de la tarjeta verde son de $540 (tarifa de presentación de $455 más tarifa biométrica de $85). En algunos casos, no se cobran tarifas por el reemplazo de la tarjeta verde. Puede determinar fácilmente sus tarifas totales yendo a nuestra página de tarifas de USCIS.


¿NO PUEDE PAGAR LAS TARIFAS DE USCIS?

Los solicitantes de bajos ingresos y aquellos que atraviesan dificultades financieras pueden calificar para una exención de tarifas. Para calificar, debe cumplir con al menos una de las siguientes condiciones:

· Usted o los miembros calificados de su hogar están recibiendo actualmente un beneficio con verificación de recursos. Un beneficio con verificación de recursos es aquel para el cual los ingresos/recursos de las personas determinan la elegibilidad y/o el monto del beneficio.

· El ingreso de su hogar es igual o inferior al nivel de pobreza del 150 % en el momento de presentar la solicitud. Verifique los niveles de pobreza actuales para este año en: Formulario I-912P, Pautas de pobreza del HHS para solicitudes de exención de tarifas.

· Está experimentando dificultades financieras que le impiden pagar la tarifa de presentación, incluidas facturas médicas inesperadas o emergencias.


Para obtener más información, consulte la página de exención de tarifas del sitio web de USCIS o descargue el Formulario I-912, Solicitud de exención de tarifas.


5. ¿PUEDEN LOS RESIDENTES PERMANENTES CONDICIONALES USAR I-90 PARA RENOVAR LA TARJETA VERDE?

RESPUESTA: No, los residentes permanentes condicionales no deben usar el Formulario I-90 para renovar la tarjeta verde. Solo deben usar el Formulario I-90 para reemplazar una tarjeta verde por razones tales como pérdida, robo, daño, información biográfica modificada o error de USCIS en los datos. El formulario no debe ser utilizado por residentes permanentes condicionales que deseen renovar su estatus o eliminar las condiciones de su residencia. Hay dos posibilidades para los residentes permanentes condicionales con tarjetas de residencia a punto de vencer:


· I-751: si se convirtió en residente permanente condicional por matrimonio con un ciudadano estadounidense o residente permanente y su estatus condicional vence dentro de los próximos 90 días, presente el Formulario I-751, Petición para eliminar las condiciones de residencia.

· I-829: si se convirtió en residente condicional en función de una inversión financiera en una empresa de los EE. UU., presente el Formulario I-829, Petición de empresario para eliminar las condiciones.


¿CUÁNTO TIEMPO SE TARDA EN RENOVAR MI TARJETA VERDE?

RESPUESTA: Presentar cualquier formulario del gobierno puede ser desalentador. Sin embargo, solo toma alrededor de 15 minutos preparar el Formulario I-90 en el GRUPO EDUCAJURIS. El sitio web fue creado por abogados, por lo que obtiene una guía simple paso a paso para eliminar errores y costosas demoras. La renovación de su tarjeta verde puede ser por correo hoy.


Una vez que haya presentado correctamente el Formulario I-90, puede tomar de 10 a 12 meses recibir su nueva tarjeta verde. Podría llevar más tiempo. Puede ver lo que sucede después de presentar la solicitud de renovación de la tarjeta verde en el Cronograma de procesamiento del Formulario I-90.


6. ¿HAY ALGUNA MANERA DE EVITAR EL COSTO DE LA RENOVACIÓN DE LA TARJETA VERDE?

RESPUESTA: Sí. Si ya ha sido residente permanente durante cinco años (o residente permanente casado con un ciudadano estadounidense durante los últimos tres años), puede ser elegible para la ciudadanía estadounidense. Como ciudadano, nunca más tendrá que pagar por la renovación de la tarjeta verde y obtendrá los beneficios de convertirse en ciudadano estadounidense. Vea si es elegible para solicitar la ciudadanía a través de la naturalización con el Formulario N-400, Solicitud de Naturalización.


¡Los costos-beneficios de la naturalización son asombrosos! La tasa de renovación de la tarjeta verde sigue aumentando. Utilice la Calculadora de costos de ciudadanía para comparar el costo de convertirse en ciudadano estadounidense con el costo de permanecer como residente permanente.


CÓMO AYUDA EL GRUPO EDUCAJURIS CON LA RENOVACIÓN DE LA TARJETA VERDE

El GRUPO EDUCAJURIS brinda una guía simple paso a paso a través del Formulario I-90 para que pueda preparar la solicitud para la renovación de la tarjeta verde con confianza en aproximadamente 15 minutos. He aquí por qué la gente está usando al GRUPO EDUCAJURIS:

· Creado por especialistas migratorios expertos

· Imágenes y explicaciones sencillas para facilitar la aplicación.

· Alertas si su respuesta a una pregunta podría ser problemática

· Instrucciones de presentación simplificadas solo para usted

· Formulario I-90 cuidadosamente preparado (listo para firmar y enviar)

· Servicio al cliente amigable si es necesario



El GRUPO EDUCAJURIS le brinda la comodidad de hacerlo rápidamente y la confianza de hacerlo bien. No se requiere tarjeta de crédito ni registro para comenzar. LLAMANOS AHORA AL 809.505.9986.

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