AJUSTE DE NEGACIÓN DE ESTATUS DEBIDO A CAMBIOS EN LAS CIRCUNSTANCIAS
- JOSE RAMÓN RAMIREZ SANCHEZ
- 27 may 2022
- 5 Min. de lectura

LA ESQUINA MIGRATORIA
(CONSEJOS E INSTRUCCIONES)
Presentado por Profesor José Ramón Ramírez
(Especialista en Derecho Migratorio)
27 DE MAYO DE 2022
Santo Domingo, Distrito Nacional, R.D.- Cuando está preparando un paquete de solicitud de ajuste de estatus, no hace falta decir que debe ser elegible. Sin embargo, es importante recordar que debe seguir siendo elegible durante todo el proceso y hasta que se emita la tarjeta verde. Evitar un ajuste de la denegación de estatus debido a cambios en las circunstancias.
Es común que alguien presente el Formulario I-485, Solicitud de ajuste de estatus, y luego cambien las circunstancias. Generalmente, un cambio de dirección o un nuevo hijo no es lo suficientemente importante como para interrumpir el proceso de solicitud. Pero otros cambios en las circunstancias pueden hacer que la solicitud no sea elegible e incluso dejar al solicitante expuesto a procedimientos de remoción (deportación).
El ajuste de la línea de tiempo de estado puede tomar alrededor de un año. Al preparar su solicitud de ajuste de estatus, tome nota de los elementos que pueden cambiar durante ese tiempo. Revise su solicitud periódicamente mientras el I-485 está pendiente. Los cambios menores a menudo pueden esperar hasta la entrevista. Los cambios más significativos pueden requerir una acción inmediata. Estas son algunas de las razones más comunes para un ajuste de denegación de estatus debido a cambios en las circunstancias.
FUERA DE ESTADO
En general, los ciudadanos extranjeros deben tener un estatus legal para poder ajustar el estatus. Dependiendo de la base de la solicitud I-485, USCIS puede denegar la solicitud si el futuro inmigrante se queda más tiempo de lo establecido en la visa o nunca tuvo un estatus legal.
Hay una excepción para los parientes inmediatos (cónyuges, padres o hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses), así como para los auto peticionarios de VAWA (Ley de violencia contra la mujer). Estos solicitantes generalmente pueden presentar el Formulario I-485, Solicitud de Ajuste de Estatus, con una visa que se quedó más tiempo.
Sin embargo, si un solicitante de ajuste ya está en proceso de deportación y lo solicita sobre la base del matrimonio con un ciudadano estadounidense o residente permanente, existe la presunción de que el matrimonio no se celebró de buena fe. El solicitante solo será elegible para el ajuste si puede demostrar con evidencia clara y convincente que el matrimonio se celebró de buena fe y no con el propósito de obtener una tarjeta verde y evitar la deportación.
Finalmente, asegúrese de que su solicitud sea precisa en el momento de la solicitud. Es posible que haya completado el I-485 en un momento antes de que venciera su registro I-94. Para cuando llegue a armar el paquete de ajuste de estatus y enviarlo por correo a USCIS, es posible que sus respuestas deban cambiar. Hay varias preguntas en la solicitud que pueden necesitar actualizaciones para alguien que pierde el estatus.
MUERTE DE UN PETICIONARIO
Históricamente, USCIS no aprobaría casos basados en la familia si el peticionario falleciera mientras la petición estaba pendiente. El Congreso cambió eso en 2009 con INA 204(l).
Ahora, un oficial de USCIS puede aprobar una solicitud de ajuste de estatus si se cumplen todas las siguientes condiciones:
· El solicitante residía en los Estados Unidos cuando murió el pariente calificado;
· El solicitante continúa residiendo en los Estados Unidos a la fecha de la decisión sobre la solicitud pendiente; y
· El solicitante es al menos uno de los siguientes:
· Un beneficiario de una petición de visa de inmigrante de familiar inmediato pendiente o aprobada;
· Un beneficiario de una petición de visa de inmigrante familiar pendiente o aprobada, incluidos tanto el beneficiario principal como cualquier beneficiario derivado;
· Cualquier beneficiario derivado de una petición de visa de inmigrante basada en empleo pendiente o aprobada;
· El beneficiario de una Petición de familiar de refugiado/asilado pendiente o aprobada (Formulario I-730);
· Un ciudadano extranjero admitido como no inmigrante derivado T o U; o
· Un asilado derivado.
Esto puede complicarse. Si el peticionario en su caso falleció, consulte con un especialista de inmigración que pueda determinar si esta excepción se aplica a su situación.
EL BENEFICIARIO SE CASA
En el caso de un residente permanente que solicita un hijo o hija, es importante que el hijo o hija beneficiario no se case. Eso es porque un residente permanente no puede solicitar a un hijo o hija casado.
Por ejemplo, una madre residente permanente presenta una petición I-130 para su hija extranjera. Finalmente, la petición se aprueba en la categoría F2B (hijos e hijas adultos solteros de LPR). Sin embargo, la hija se casa antes de que se apruebe la solicitud de ajuste. Incluso si la petición ya ha sido aprobada, la hija ya no califica para el ajuste a residente permanente debido al cambio de circunstancias. De hecho, ya no es elegible para inmigrar a través de la categoría F2B. Su madre puede naturalizarse como ciudadana estadounidense y luego volver a solicitar a la hija en la categoría F3 (hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses). Por supuesto, esto agrega tiempo y gastos significativos.
EL BENEFICIARIO SE DIVORCIA
Si los beneficios de inmigración se basan en una relación con el cónyuge peticionario o el cónyuge beneficiario principal, es probable que el divorcio resulte en la denegación del caso. De hecho, incluso solicitar el divorcio o la separación es suficiente para invalidar la relación calificada.
Por ejemplo, una ciudadana extranjera presenta una solicitud de ajuste basada en su relación con un cónyuge ciudadano estadounidense. Sin embargo, antes de que USCIS apruebe la solicitud, la pareja se separa. Presentan un divorcio y viven en residencias separadas. El ciudadano extranjero debe esperar que se le niegue el ajuste porque ya no existe una relación calificada. Aunque los dos están técnicamente casados hasta que se conceda el divorcio, no viven en unión marital.
OFERTA DE TRABAJO RESCINDIDA
Se requiere una oferta de trabajo para muchas tarjetas verdes basadas en el empleo. Si la oferta de trabajo se rescinde por algún motivo, es probable que USCIS rechace la solicitud de ajuste de estatus. Independientemente de si la retractación se debió a las acciones del solicitante oa circunstancias fuera del control del solicitante, es un requisito.
Por ejemplo, un ciudadano extranjero se encuentra en los Estados Unidos como beneficiario de una petición de inmigrante EB-1B. Debido a las condiciones económicas, el empleador se ve obligado a retirar la oferta de empleo. Como resultado, USCIS niega la solicitud de ajuste.
AJUSTE DE NEGACIÓN DE ESTATUS DEBIDO A OTROS CAMBIOS EN LAS CIRCUNSTANCIAS
Los ejemplos anteriores no incluyen todas las posibilidades. Existen numerosos motivos de inadmisibilidad que USCIS revisa antes de otorgar el ajuste al estatus de residente permanente. Todo puede conducir a un ajuste de la negación del estatus.
En general, a los ciudadanos extranjeros se les puede prohibir el ajuste de estatus si:
· Trabajó en los Estados Unidos sin autorización de empleo
· No estaban en un estado legal en el momento de la presentación
· No pudo mantener el estatus desde que ingresó a los EE. UU.
· Ingresó más recientemente a través del programa de exención de visa
Sin embargo, hay excepciones a las reglas anteriores. En particular, los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses (cónyuges, padres e hijos solteros menores de 21 años) pueden continuar ajustando el estatus incluso si han violado estos motivos.
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