
Cabarete, Sosua, Puerto Plata.- El pasado sábado 02 de junio se realizó un curso- taller de capacitación migratoria USA para nuevos gestores migratorios en salón de una de las villas del Hotel Camino del Sol, Cabarete, Puerto Plata, que consideró la participación de 25 personas, entre ellos estudiantes de Derecho, abogados, contadores, profesores de idiomas, gerentes y gestores migratorios con experiencia.
Esto, en el marco del proyecto del PROYECTO EDUCAJURIS-GOMEZ CARELA & ASOCIADOS “Alianza Estratégica de Capacitación Jurídica Región Cibao-Puerto Plata ´´.
Los objetivos de esta capacitación fueron: - Definir el término de visa no-migrantes. Describir los tipos de visas. - Rastrear el status de visas y pasaportes. Ver historial de viajes. - Preparar y enviar los formularios requeridos. Crear perfil del formulario DS 160 y el perfil del VAC,- Fijar honorarios. Manejar los aranceles para el pago de visas.- Practicar con casos reales.- Programar y reprogramara citas. Renovar visa.- Evaluar perfil del cliente.
El curso taller fue dictado por el profesor José Ramón Ramírez Sánchez, Profesor José Ramón Ramírez Sánchez. Director de la Escuela Dominicana de Capacitación Jurídica (EDUCAJURIS). Gestor Migratorio. Con certificaciones del Paralegal Institute of the Américas; Organización Internacional de Las Migraciones (OIM); Organización de Estados Americanos (OEA); Fundación Dominicana de Ahogados Migratorios (FUDOAMI), Derecho Humanitario Internacional (Cruz Roja Colombiana); Derechos Humanos(Universidad Diego Portales de Chile).
La ceremonia de clausura del curso taller consideró la participación de la Licda. Rosaura Gómez, Directora la Oficina Jurídica GOMEZ CARELA & ASOCIADOS.
Cabe consignar que en julio 14 y 15 de 2018 corresponde realizar los cursos: ´´CURSO EXPERTO EN TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ACTUALIZACIÓN DE DATOS PERSONALES O RETIRO DE FICHAS DESPUÉS DE UN PROCESO PENAL PARA Y LA NUEVA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL FINES DE VIAJES O CONSEGUIR EMPLEO´ y EXPERTO EN GESTION DE TRAMITES PARA DOCUMENTACIONES MIGRATORIAS USA Y REP. DOM.
Para más información de los cursos en Puerto Plata: Licda. Rosaura Gómez. WhatsApp: 829.299.2885.
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Las dudas más comunes de los turistas que viajan a Estados Unidos es que no saben la frecuencia con la que pueden ingresar al país. Esta incertidumbre aplica tanto a los extranjeros que viajan con una visa de turista, conocida también como de pase, placer, B2 o B1/B2, como aquellos que pueden ingresar sin visa por pertenecer a un país del Programa de Exención de Visados. Esta duda está muy relacionada con otra: cuánto tiempo se puede estar legalmente en Estados Unidos en estatus de turista. Y eso es porque muchas veces los extranjeros alargan al máximo su estadía, salen y regresan al poco tiempo. Todo eso puede dar lugar a problemas migratorios. Por ello este artículo pretende clarificar estos puntos.

Fecha máxima autorizada para estar legalmente en Estados Unidos
Antes de explicar cuánto tiempo es conveniente esperar fuera de USA antes de regresar y si es conveniente permanecer en EEUU el plazo máximo permitido, conviene empezar por un dato objetivo. Ya que todos los turistas pueden saber el día máximo de estancia autorizada. Aquí hay que distinguir dos situaciones:
En primer lugar, las personas con visa de turista B2. Como regla general se les permite una estancia de seis meses, pero puede ser menos. Si se tiene una visa de turista, jamás confundir la fecha de vencimiento con la fecha máxima autorizada de estancia, porque son 2 cosas muy distintas.
Y es que la cantidad de días permitidos de estancia en Estados Unidos para las personas con visa de turista los determina el inspector de Inmigración al llegar al puerto, aeropuerto o puesto aduanero terrestre.
En estos casos el documento conocido como I-94 es el fundamental y el que hay que respetar. (Para los casos de visa láser referirse a sus propias reglas).
En cuestión de fechas en documentos americanos, recordar siempre que si se utilizan números para el día y el mes, en inglés van primero los dos dígitos del mes y después los dos del día.
Así, el 05/03 hay que entenderlo como el tres de mayo. NO como el cinco de marzo.
En segundo lugar, está la situación de las personas que ingresan sin visado por pertenecer a un país dentro del Programa de Exención de Visas (VWP, por sus siglas en inglés). Pueden permanecer en el país un máximo de 90 días que no se pueden extender bajo ningún concepto. No hay excepciones.
Si se pertenece a un país del VWP tener en cuenta que si se quiere pasar más de 90 días en EEUU hay que pedir al consulado una visa de turista regular. Pero hay que tener en cuenta en en estos casos los índices de negación de la petición son muy altos.
Hay que tener una buena razón para querer pasar más de tres meses como turista en EEUU y no simplemente "pasear", "dar una vuelta", "conocer el país", particularmente si no se tienen lazos económicos o familiares fuertes en el país de residencia.
En ambos casos -con visa o sin visa -si se sale del país antes de la fecha autorizada se cumple con la ley en sentido estricto y se evita una estancia ilegal.

Problemas a pesar de haber respetado la ley migratoria
Pero lo cierto es que personas que aún cuando respetaron escrupulosamente estos plazos han tenido problemas cuando han intentado regresar a Estados Unidos.
Las razones pueden ser varias, entre ellas destacan dos:
se ha alargado la estancia el máximo permitido, de algún modo llamando así la atención
se ha salido de Estados Unidos y, de un modo prácticamente inmediato, se intenta regresar, también llamando de algún modo la atención.
Entonces, ¿a partir de cuántos días de estancia se puede tener problemas?
No hay leyes ni normas que digan expresamente cuándo se puede convertir en problemático alargar la estancia dentro de Estados Unidos dentro del plazo permitido.
Es decir, no se puede decir si es buena idea o muy mala quedarse cinco meses y medio si lo máximo otorgado son seis (con visa) o agotar los 90 días en el caso de países del Programa de Exención de Visas. Va a depender de las circunstancias de cada unoy cómo las interprete el inspector de Inmigración, más abajo se amplía este punto.

¿Cuánto tiempo hay que esperar para regresar como turista a Estados Unidos?
Tampoco hay ninguna ley o regla que especifique cuánto tiempo hay que permanecer fuera de Estados Unidos antes de regresar.
La razón es que no hay respuesta que se ajuste a todas las personas, por eso no hay respuesta. Pero si se quiere evitar problemas conviene tener en cuenta lo siguiente:
Un turista viene a Estados Unidos a hacer turismo. Esa es la finalidad.
Los turistas, tanto con visa como con VWP, tienen que tener lazos familiares y económicos o educativos fuertes en el país de residencia.
La última palabra sobre si se le permite el ingreso a Estados Unidos a un extranjero la tiene el inspector de Inmigración en las aduanas americanas. Estas son 20 causas por las que pueden negar el ingreso.
Son también razones por las que los consulados pueden no aprobar visas no inmigrante o no renovarlas. Además, estas son 22 causas por las que se considera que una persona es inadmisible para recibir la visa y/o ingresar a USA.
Si el oficial del control migratorio tienen conocimiento de alguna de ellas, habrá problemas.
Teniendo en cuenta esos tres factores conjuntamente, lo recomendable es tener sentido común y evitar viajes muy seguidos o estancias muy largas si pueden dar que sospechar al inspector de Inmigración de que lo que se pretende es vivir en Estados Unidos o que se está buscando trabajo o que se está trabajando (obviamente de una forma ilegal).
Obviamente, habrá personas que por sus circunstancias personales no serán sospechosas.
Por ejemplo, tienen un gran capital y entran y salen de EEUU frecuentemente por negocio o para simplemente comprar, etc.
Pero otras sí que llamarán la atención y harán que el inspector de Inmigración se pregunte: ¿tiene dinero suficiente para pagarse unas vacaciones tan largas?, ¿ha dejado de trabajar o de estudiar y por eso pasa temporadas tan grandes en EEUU? Y, ¿estará buscando trabajo, etc.?

¿Qué puede pasar si se sospecha de las intenciones de un turista?
Lo cierto es que pueden suceder varias situaciones. En primer lugar, el inspector de Inmigración le impide el ingreso, bien permitiendo una retirada de la intención de entrar a EEUU o bien mediante una expulsión inmediata.
Es muy importante entender qué realmente pasó, ya que los efectos entre una retirada y una expulsión son muy diferentes. Si en el control migratorio escriben I-275 en el pasaporte, es importante conocer las consecuencias.
En segundo lugar, es posible que el oficial migratorio le envíe a una segunda inspección, en otras palabras, el famoso cuartito.
En tercer lugar, el problema puede saltar en el momento en que toca renovar la visa el consulado donde probablemente se va a negar la petición.

Quedarse en USA más tiempo del permitido
A veces, para evitar el riesgo de ser parado en un puesto migratorio porque al oficial se le hace sospechoso la frecuencia de los ingresos, algunas personas deciden no salir de Estados Unidos cuando deberían haberlo hecho. Sin embargo esa es una idea mala ya que hay que tener presente que quedarse más tiempo del permitido tiene consecuencias graves como quedarse en situación de indocumentado, sufrir la cancelación de la visa, prohibición de utilizar el Programa de Exención de Visados e incluso una penalidad por aplicación del castigo que se conoce como de los 3 y de los 10 años. Además se estaría en un estatus de indocumentado y las autoridades migratorias pueden iniciar un procedimiento de remoción del país.
Solamente en casos muy excepcionales se permite restaurar el estatus una vez que se pierde por estancias más largas de lo autorizado.
De interés para turistas extranjeros en Estados Unidos
Estados Unidos es el segundo país del mundo que recibe más turistas internacionales, solo después de Francia. Finalmente en muchas ocasiones los problemas surgen, simplemente, de la ignorancia, del no saber.
Fuente virtual
https://www.thoughtco.com/frecuencia-se-puede-volver-visa-turista-1965332