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Noticias y Artículos


-NOTICIAS DE EDUCAJURIS-


GRUPO DOMINICANO DE CAPACITACION JURIDICA Y EMPRESARIAL

(GRUPO EDUCAJURIS)

Fundado el 04 de octubre 2016

Empresa Legalmente Constituida Bajo el Registro de ONAPI No. 516723

R.N.C. No. 13237829-6

Registro Mercantil No. 175710

-ESCUELA INTERNACIONAL DE DERECHO-


CONSEJOS DE INMIGRACION Y PRACTICAS

Presentado por Profesor JOSE RAMON RAMIREZ SANCHEZ

(Especialista en Derecho Migratorio)

31/05/2022


Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana.- Los residentes permanentes utilizan el Formulario I-90, Solicitud para reemplazar la tarjeta de residente permanente, para solicitar el reemplazo o la renovación de una Tarjeta de residente permanente existente (tarjeta verde). Si no está familiarizado con la solicitud, es posible que tenga una de las muchas preguntas sobre la renovación de la tarjeta verde.


Es por eso que muchos residentes permanentes usan al GRUPO EDUCAJURIS para preparar el Formulario I-90. Abogados de inmigración diseñaron este software de bajo costo que usted mismo puede hacer para facilitar la solicitud y ayudar a los solicitantes a evitar errores. El servicio de atención al cliente también está disponible para responder muchas de sus preguntas sobre la renovación de la tarjeta verde. Comience gratis. Solo paga si eres elegible. LLAMANOS AHORA AL 809.505.9986.


No mantener una tarjeta verde actualizada puede dificultar los viajes internacionales o demostrar su elegibilidad para trabajar en los Estados Unidos.


PREGUNTAS SOBRE LA RENOVACIÓN DE LA TARJETA VERDE

Según nuestra experiencia con miles de residentes permanentes, estas son algunas de las preguntas y respuestas más comunes sobre la renovación de la tarjeta verde.


1. ¿CUÁNDO DEBO RENOVAR MI TARJETA VERDE?

RESPUESTA: La mayoría de las tarjetas verdes de EE. UU. vencen cada diez años. Lo mejor es presentar el Formulario I-90 para la renovación de una tarjeta verde 6 meses antes de la fecha de vencimiento de la tarjeta verde. Si esa fecha ha pasado, no perderá su residencia permanente. Pero debe solicitar la renovación de una tarjeta verde lo antes posible. No presente el Formulario I-90 para la renovación de una tarjeta verde antes de los seis meses anteriores a la fecha de vencimiento; USCIS puede rechazar su solicitud y enviársela por correo. Vea más sobre cuándo renovar una tarjeta verde.


Algunas tarjetas verdes más antiguas no tienen fecha de vencimiento. En este momento, USCIS no requiere la renovación de estas tarjetas siempre que "I-551" esté impreso en letra pequeña en la esquina de la tarjeta. Si su tarjeta tiene impreso "I-151", ya no es válida. Pero incluso una tarjeta verde válida y antigua puede crear problemas si la tarjeta está dañada o la foto no está actualizada.


2. ¿QUÉ ES LA CLASE DE ADMISIÓN?

RESPUESTA: El Formulario I-90 (Parte 1, Pregunta 14) le pide que indique su clase de admisión. La clase de admisión es la categoría de visa de inmigrante que se utilizó para admitir a un inmigrante en los EE. UU. como residente permanente o residente permanente condicional.



RENOVACIÓN DE TARJETA VERDE

La mayoría de las personas pueden encontrarlo en el frente de la tarjeta verde. Sin embargo, diferentes versiones de la tarjeta verde colocan la información en diferentes lugares. Cuando prepara su Formulario I-90 en el GRUPO EDUCAJURIS, proporcionamos una lista desplegable de clases válidas de códigos de admisión e ilustraciones de varias tarjetas verdes para que pueda identificar correctamente su clase de admisión.


Asimismo, la fecha de admisión se refiere a la fecha en que se le otorgó el estatus de residente permanente o residente permanente condicional. Tenga cuidado: la fecha de admisión no es necesariamente la misma fecha en que ingresó físicamente a los Estados Unidos. Use la fecha de "Residente desde" en su tarjeta verde.


GARANTÍA USCIS DEL GRUPO EDUCAJURIS

El GRUPO EDUCAJURIS garantiza que se aprobará su I-90

Cuando prepara la renovación de su tarjeta verde en el GRUPO EDUCAJURIS, le brindamos instrucciones y alertas simples paso a paso para ayudarlo a evitar costosas demoras. Incluso garantizamos que USCIS aprobará su solicitud. No se requiere tarjeta de crédito para comenzar.


INICIAR SOLICITUD I-90

3. ¿CÓMO DETERMINO EL LUGAR DONDE SOLICITÉ UNA VISA DE INMIGRANTE O UN AJUSTE DE ESTATUS?

RESPUESTA: Si solicitó una visa de inmigrante, esta es la ubicación de la Embajada o Consulado de los EE. UU. donde originalmente obtuvo su visa. Si presentó una Solicitud de ajuste de estatus (Formulario I-485) porque ya estaba en los Estados Unidos, esta es la ubicación de la oficina de USCIS donde presentó la solicitud. Cuando prepara su Formulario I-90 en el GRUPO EDUCAJURIS, proporcionamos apoyo adicional y diagramas para ayudarlo a responder esta pregunta.

4. ¿CUÁNTO CUESTA RENOVAR MI TARJETA VERDE?

RESPUESTA: Las tarifas totales de USCIS para la renovación de la tarjeta verde son de $540 (tarifa de presentación de $455 más tarifa biométrica de $85). En algunos casos, no se cobran tarifas por el reemplazo de la tarjeta verde. Puede determinar fácilmente sus tarifas totales yendo a nuestra página de tarifas de USCIS.


¿NO PUEDE PAGAR LAS TARIFAS DE USCIS?

Los solicitantes de bajos ingresos y aquellos que atraviesan dificultades financieras pueden calificar para una exención de tarifas. Para calificar, debe cumplir con al menos una de las siguientes condiciones:

· Usted o los miembros calificados de su hogar están recibiendo actualmente un beneficio con verificación de recursos. Un beneficio con verificación de recursos es aquel para el cual los ingresos/recursos de las personas determinan la elegibilidad y/o el monto del beneficio.

· El ingreso de su hogar es igual o inferior al nivel de pobreza del 150 % en el momento de presentar la solicitud. Verifique los niveles de pobreza actuales para este año en: Formulario I-912P, Pautas de pobreza del HHS para solicitudes de exención de tarifas.

· Está experimentando dificultades financieras que le impiden pagar la tarifa de presentación, incluidas facturas médicas inesperadas o emergencias.


Para obtener más información, consulte la página de exención de tarifas del sitio web de USCIS o descargue el Formulario I-912, Solicitud de exención de tarifas.


5. ¿PUEDEN LOS RESIDENTES PERMANENTES CONDICIONALES USAR I-90 PARA RENOVAR LA TARJETA VERDE?

RESPUESTA: No, los residentes permanentes condicionales no deben usar el Formulario I-90 para renovar la tarjeta verde. Solo deben usar el Formulario I-90 para reemplazar una tarjeta verde por razones tales como pérdida, robo, daño, información biográfica modificada o error de USCIS en los datos. El formulario no debe ser utilizado por residentes permanentes condicionales que deseen renovar su estatus o eliminar las condiciones de su residencia. Hay dos posibilidades para los residentes permanentes condicionales con tarjetas de residencia a punto de vencer:


· I-751: si se convirtió en residente permanente condicional por matrimonio con un ciudadano estadounidense o residente permanente y su estatus condicional vence dentro de los próximos 90 días, presente el Formulario I-751, Petición para eliminar las condiciones de residencia.

· I-829: si se convirtió en residente condicional en función de una inversión financiera en una empresa de los EE. UU., presente el Formulario I-829, Petición de empresario para eliminar las condiciones.


¿CUÁNTO TIEMPO SE TARDA EN RENOVAR MI TARJETA VERDE?

RESPUESTA: Presentar cualquier formulario del gobierno puede ser desalentador. Sin embargo, solo toma alrededor de 15 minutos preparar el Formulario I-90 en el GRUPO EDUCAJURIS. El sitio web fue creado por abogados, por lo que obtiene una guía simple paso a paso para eliminar errores y costosas demoras. La renovación de su tarjeta verde puede ser por correo hoy.


Una vez que haya presentado correctamente el Formulario I-90, puede tomar de 10 a 12 meses recibir su nueva tarjeta verde. Podría llevar más tiempo. Puede ver lo que sucede después de presentar la solicitud de renovación de la tarjeta verde en el Cronograma de procesamiento del Formulario I-90.


6. ¿HAY ALGUNA MANERA DE EVITAR EL COSTO DE LA RENOVACIÓN DE LA TARJETA VERDE?

RESPUESTA: Sí. Si ya ha sido residente permanente durante cinco años (o residente permanente casado con un ciudadano estadounidense durante los últimos tres años), puede ser elegible para la ciudadanía estadounidense. Como ciudadano, nunca más tendrá que pagar por la renovación de la tarjeta verde y obtendrá los beneficios de convertirse en ciudadano estadounidense. Vea si es elegible para solicitar la ciudadanía a través de la naturalización con el Formulario N-400, Solicitud de Naturalización.


¡Los costos-beneficios de la naturalización son asombrosos! La tasa de renovación de la tarjeta verde sigue aumentando. Utilice la Calculadora de costos de ciudadanía para comparar el costo de convertirse en ciudadano estadounidense con el costo de permanecer como residente permanente.


CÓMO AYUDA EL GRUPO EDUCAJURIS CON LA RENOVACIÓN DE LA TARJETA VERDE

El GRUPO EDUCAJURIS brinda una guía simple paso a paso a través del Formulario I-90 para que pueda preparar la solicitud para la renovación de la tarjeta verde con confianza en aproximadamente 15 minutos. He aquí por qué la gente está usando al GRUPO EDUCAJURIS:

· Creado por especialistas migratorios expertos

· Imágenes y explicaciones sencillas para facilitar la aplicación.

· Alertas si su respuesta a una pregunta podría ser problemática

· Instrucciones de presentación simplificadas solo para usted

· Formulario I-90 cuidadosamente preparado (listo para firmar y enviar)

· Servicio al cliente amigable si es necesario



El GRUPO EDUCAJURIS le brinda la comodidad de hacerlo rápidamente y la confianza de hacerlo bien. No se requiere tarjeta de crédito ni registro para comenzar. LLAMANOS AHORA AL 809.505.9986.


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CONSEJOS DE INMIGRACION Y PRACTICAS

Presentado por Profesor JOSE RAMON RAMIREZ SANCHEZ

(Especialista en Derecho Migratorio)

31/05/2022


Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana.- Como sugiere el nombre, el estatus de residente permanente es generalmente constante. Se otorga a las personas que tienen la intención de vivir en los Estados Unidos en el futuro previsible. Los residentes permanentes, también conocidos como titulares de la tarjeta verde, tienen el privilegio de vivir y trabajar en los Estados Unidos de forma permanente. Sin embargo, hay formas de perder el estatus de residente permanente. Ciertas acciones pueden desencadenar procedimientos de remoción (deportación) y la posible pérdida de este codiciado estatus migratorio.


El artículo analiza las principales formas en que uno puede perder el estatus de residente permanente, pero no es una lista exhaustiva. Solo un residente permanente legal que se naturaliza como ciudadano estadounidense está a salvo de la mayoría de estos motivos de deportación.


1. VIVIR FUERA DE LOS ESTADOS UNIDOS

Generalmente, pasar más de 12 meses fuera de los Estados Unidos resultará en la pérdida del estatus de residente permanente. De hecho, incluso las ausencias más cortas pueden desencadenar el abandono. Si al volver a ingresar, el oficial de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) determina que tenía la intención de vivir fuera de los Estados Unidos, pueden ponerlo en un proceso de deportación. Además, no presentar los impuestos sobre la renta ante el IRS mientras vive fuera de los EE. UU. puede provocar la eliminación.


Cada año, muchas personas abandonan involuntariamente su estado de tarjeta verde cuando regresan a su país de origen. Es posible que deban cuidar a un familiar enfermo, asistir a la escuela o incluso atender sus propias necesidades médicas. Sin la preparación y planificación adecuadas, conduce a la forma más común de perder el estatus de residente permanente.




PREVENCIÓN

Hay excepciones. Los residentes permanentes que obtienen un permiso de reingreso antes de la salida generalmente pueden extender su ausencia hasta 24 meses. Además, el personal del gobierno de EE. UU. (empleados militares y de servicio civil de contratación directa), sus cónyuges e hijos menores de edad que tengan estatus de residente permanente pueden permanecer fuera de los Estados Unidos durante la duración de una asignación oficial en el extranjero más cuatro meses sin perder su estatus de residente. También hay una excepción para los residentes permanentes en estado de viajero: titulares de tarjetas verdes que trabajan en los EE. UU. pero viven al otro lado de la frontera en Canadá o México.



VOLVER A ADQUIRIR UNA VISA

Un inmigrante que ha perdido el estatus de residente permanente y quiere regresar a los Estados Unidos como inmigrante debe obtener una nueva visa de inmigrante. En la mayoría de los casos, esto significa que el futuro inmigrante debe volver a presentar una solicitud. Un pariente estadounidense (cónyuge, padre, hijo o hermano) puede presentar una petición de inmigrante I-130. Luego, el inmigrante potencial aplica a través del proceso consular una vez que USCIS apruebe la petición de visa y una visa esté disponible de inmediato.


En algunos casos, el ex residente permanente puede solicitar una visa de residente que regresa. Una solicitud para regresar al estatus de residente requiere evidencia de los lazos continuos e ininterrumpidos del solicitante con los Estados Unidos, que la estadía fuera de los Estados Unidos realmente estuvo fuera del control del solicitante y que la intención del solicitante siempre fue regresar a los Estados Unidos. La evidencia puede consistir en el cumplimiento continuo de la ley fiscal de los EE. UU., la propiedad de bienes y activos en los Estados Unidos y el mantenimiento de licencias y membresías en los EE. UU. Tener parientes estadounidenses, asistir a la escuela en el extranjero o declarar la intención de regresar generalmente es insuficiente. Lo mejor es buscar la ayuda de un abogado de inmigración al solicitar una visa de residente que regresa.


2. ENTREGA VOLUNTARIA DE TARJETA VERDE

Si alguna vez presentó el Formulario I-407, ha abandonado voluntariamente su estatus como residente permanente legal de los Estados Unidos. Cada año, varios miles de personas presentan el Formulario I-407, Registro de Abandono del Estatus de Residente Permanente Legal.


La razón más común por la que las personas presentan el Formulario I-407 es para eludir la obligación de pagar impuestos estadounidenses. Sin embargo, cualquier persona que desee hacer esto debe consultar con un abogado de inmigración y un profesional de impuestos que pueda asesorarlo sobre las consecuencias a largo plazo de sus acciones. Hay otros ex inmigrantes estadounidenses que simplemente deciden que quieren irse de los Estados Unidos de forma permanente.



En algunos casos, los oficiales de CBP pueden pedirles a ciertas personas que firmen el Formulario I-407. Si ha estado viviendo fuera de los Estados Unidos (como se discutió en la sección anterior) y el oficial de CBP cree que ha abandonado su residencia en los Estados Unidos, generalmente tiene derecho a defenderse en los procedimientos de deportación. El oficial puede pedirle que firme el Formulario I-407 para que renuncie a esta oportunidad de defenderse y deportarse voluntariamente. Si su intención es continuar con su residencia permanente, no firme el I-407 y comuníquese con un abogado de inmigración.



3. FRAUDE Y TERGIVERSACIÓN INTENCIONAL

Generalmente se comete un fraude cuando una persona miente para obtener algún tipo de beneficio migratorio. Sin embargo, cualquier afirmación o representación de hechos que no sea completamente veraz puede crear problemas de inmigración significativos y potencialmente resultar en la pérdida del estatus de residente permanente.



PROCEDIMIENTO DE DEPORTACIÓN PÉRDIDA DE TARJETA VERDE

El fraude puede ocurrir al preparar una solicitud, presentar evidencia, entrevistas y cualquier intercambio de información con funcionarios de inmigración. Puede ocurrir en relación con beneficios de inmigración que no sean la residencia permanente. Por ejemplo, las extensiones de estadía de no inmigrante, el cambio de estatus, la autorización de empleo y la libertad condicional son todos beneficios de inmigración que USCIS evalúa para posibles fraudes.


Dos de las formas más comunes de perder el estatus de residente permanente incluyen fraude matrimonial y fraude de visa.


FRAUDE MATRIMONIAL

El matrimonio ha sido objeto de fraude durante mucho tiempo. Casarse con un ciudadano estadounidense es uno de los caminos más rápidos para obtener una tarjeta verde. Como resultado, las personas deshonestas lo utilizan como vehículo para obtener de manera fraudulenta la residencia permanente. El fraude matrimonial se presenta de muchas formas diferentes. USCIS ha identificado los siguientes tipos de fraude matrimonial:

· Alguien le paga a un ciudadano estadounidense para que se case con un ciudadano extranjero

· Un ciudadano estadounidense se casa con un ciudadano extranjero como un favor

· Un ciudadano extranjero defrauda a un ciudadano estadounidense que cree que su matrimonio es legítimo

· Matrimonios por correo (cuando el ciudadano estadounidense o el extranjero saben que el matrimonio es fraudulento)

· Matrimonios fraudulentos de lotería de visas

· Fraude de visa de no inmigrante


La mayoría de los ciudadanos extranjeros que solicitan una visa de no inmigrante de los EE. UU. deben demostrar que planean regresar a casa cuando hayan terminado con su programa o actividad prevista. Este estándar, conocido como intención de no inmigrante, requiere que el individuo tenga una residencia en el extranjero que no tiene intención de abandonar.



El Departamento de Estado de EE. UU. utiliza una regla de 90 días para evaluar los casos en los que el no inmigrante intenta cambiar de estatus o ajustar su estatus a residente permanente. La regla de los 90 días es una especie de directriz de que existe una presunción de fraude si una persona viola su estatus de no inmigrante o se involucra en una conducta incompatible con ese estatus dentro de los 90 días posteriores a la entrada. Por ejemplo, ingresar a los Estados Unidos con una visa B-2 con la intención preconcebida de casarse y presentar el Formulario I-485 para ajustar el estado sería una violación de los términos de la visa.



4. CONDENAS PENALES

No todas las condenas penales harán que una persona pierda el estatus de residente permanente. Hay ciertos tipos de delitos penales (típicamente delitos violentos) que tienen más probabilidades de poner a un residente permanente en proceso de deportación.



Es imposible crear una lista precisa de delitos que resultarán en la deportación. Solo un abogado de inmigración con experiencia puede analizar una situación específica y dar una opinión. En general, los funcionarios pueden expulsar a una persona de los Estados Unidos si él o ella:

· Es condenado por un delito que involucra depravación moral que se cometió dentro de los cinco años posteriores a la fecha de admisión a los EE. UU. (o diez años si la persona recibió una tarjeta verde como informante criminal) y se castiga con una sentencia de al menos un año;

· Ha sido condenado por dos o más delitos que implican depravación moral en cualquier momento posterior a la admisión en los EE. UU., donde los dos delitos no surgieron de un solo esquema de mala conducta; o

· Ha sido condenado por un delito grave agravado en cualquier momento después de la admisión a los EE. UU.


Nuevamente, esta no es una lista completa. Incluso renovar una tarjeta verde después de un arresto puede ser problemático para ciertas personas. Póngase en contacto con un especialisra de inmigración para discutir su caso específico.


Aunque los abogados penalistas tienen la obligación de asesorarlo sobre las consecuencias migratorias de declararse culpable, la mayoría de los abogados penalistas no entienden las leyes de inmigración tan bien como los abogados de inmigración. Incluso si está seguro de que el registro será borrado o borrado, hable con un abogado de inmigración con experiencia.


Si los funcionarios de inmigración creen que se puede deportar a un residente permanente, por lo general, la persona no será expulsada de inmediato. En la mayoría de los casos, el titular de la tarjeta verde tendrá derecho a defenderse en la corte de inmigración. Sin embargo, una persona con una orden de deportación pendiente podría ser deportada más rápidamente.


5. NO ELIMINAR LAS CONDICIONES DE RESIDENCIA

Los residentes condicionales que no eliminen las condiciones de residencia generalmente son removidos al vencimiento de sus tarjetas de residencia de dos años.



Ciertos inversionistas o cónyuges extranjeros que obtuvieron la residencia a través del matrimonio pueden haber recibido una tarjeta verde condicional de dos años. Para permanecer como residente permanente, el residente permanente condicional debe presentar una petición para eliminar las condiciones. Él o ella debe presentar durante los 90 días antes de que caduque la tarjeta. La tarjeta condicional no se puede renovar.



Para eliminar las condiciones de una tarjeta verde basada en el matrimonio, debe presentar el Formulario I-751, Petición para eliminar las condiciones de residencia.


Para eliminar las condiciones de una tarjeta verde para empresarios, debe presentar el Formulario I-829, Petición de Empresario para Eliminar Condiciones.



En general, los funcionarios de inmigración pueden poner al ciudadano extranjero en proceso de deportación si la petición no se presenta antes de la fecha de vencimiento. Si el problema no se aborda, el ciudadano extranjero perderá el estatus de residente permanente.


LA CIUDADANÍA ES LA MEJOR MANERA DE PERDER EL ESTATUS DE RESIDENTE PERMANENTE

Los residentes permanentes que opten por naturalizarse como ciudadanos estadounidenses también perderán el estatus de residente permanente en el proceso. Pero eso es algo bueno. Los ciudadanos estadounidenses están protegidos contra motivos de deportación. En otras palabras, las condenas penales que resultarían en la deportación de un residente permanente no se aplican a un ciudadano estadounidense. Generalmente, la única forma en que los funcionarios de inmigración pueden expulsar a un ciudadano estadounidense es si él o ella obtuvo de manera fraudulenta una tarjeta verde o ciudadanía.


Muchos residentes permanentes que han residido en los Estados Unidos durante al menos cinco años ahora son elegibles para presentar el Formulario N-400, Solicitud de naturalización.



ACERCA DE GRUPO EDUCAJURIS

EL GRUPO EDUCAJURIS brinda orientación simple, asequible y paso a paso a través de las solicitudes de inmigración de USCIS. Las personas, los especialistas de inmigración y las organizaciones sin fines de lucro utilizan el servicio en una computadora de escritorio o en un dispositivo móvil para preparar formularios de inmigración con precisión, evitando costosas demoras. El GRUPO EDUCAJURIS permite a los usuarios probar el servicio de forma pagada y ofrece una garantía de devolución del 100 % del dinero de que USCIS aprobará la solicitud o petición. Brindamos asistencia para la Petición de familiar extranjero (Formulario I-130), la Solicitud de ajuste de estatus (Formulario I-485), la Petición para eliminar las condiciones de residencia (Formulario I-751) y varios otros formularios de USCIS.

Mas info al 809.505.9986/829.386.5449/829.368.3916.


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Presentado por Profesor JOSE RAMON RAMIREZ SANCHEZ

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31/05/2022

Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana.- Hay varias razones por las que puede querer hacer un cambio de nombre de tarjeta verde. La gente común se casa y se divorcia, lo que a menudo resulta en un cambio de nombre legal. Otros pueden simplemente decidir adoptar un nombre de estilo más occidental después de emigrar a los Estados Unidos. Cualquiera que sea su razón, un cambio de nombre de tarjeta verde es un asunto relativamente simple.



Es importante comprender que el cambio de nombre legal debe realizarse antes de actualizar la tarjeta verde. En otras palabras, necesitará una copia registrada de su certificado de matrimonio, sentencia de divorcio, sentencia de adopción u otro documento emitido por la corte que muestre que su nombre se cambió legalmente. Una vez que tenga esto, puede comenzar con el cambio de nombre de su tarjeta verde.



CAMBIO DE NOMBRE LEGAL

En los Estados Unidos, generalmente puede cambiar su nombre por cualquier motivo. Las leyes estatales regulan en última instancia los cambios de nombres, por lo que las reglas varían según el estado. Pero adoptar un nuevo nombre no está limitado por el matrimonio, el divorcio, etc. Puedes despertarte mañana y decidir cambiar tu nombre.


ACTA DE MATRIMONIO PARA CAMBIO DE NOMBRE

En la mayoría de los casos, deberá presentar algunos documentos en una oficina del gobierno local. Probablemente habrá una pequeña tarifa y puede ser necesario publicar un aviso legal en un periódico local para anunciar el cambio de nombre.


Si aún no tiene una copia registrada de su documento de cambio de nombre, deberá solicitar una. Una simple fotocopia no es suficiente. Los documentos de cambio de nombre legal presentados a los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) como evidencia de un cambio de nombre deben haber sido registrados con la autoridad civil correspondiente.


PRESENTE EL FORMULARIO I-90 PARA EL CAMBIO DE NOMBRE DE LA TARJETA VERDE

Con la evidencia de su cambio de nombre legal en la mano, está listo para presentar el Formulario I-90, Solicitud para reemplazar la tarjeta de residente permanente. Utilice esta aplicación para renovar o reemplazar una tarjeta verde por casi cualquier motivo, incluido un cambio de nombre. Puede descargar el formulario en USCIS.gov o contactetenos al 809.505.9986 para preparar el Formulario I-90. El GRUPO EDUCAJURIS ofrece un servicio asequible para ayudar a personas como usted a preparar la solicitud correctamente. Los abogados de inmigración diseñaron el servicio para facilitar la preparación y ayudar a eliminar los errores comunes que pueden causar demoras y denegaciones. El GRUPO EDUCAJURIS incluso garantiza que USCIS aprobará su solicitud para un cambio de nombre de tarjeta verde.



Cuando se le pregunte si su nombre ha "cambiado legalmente desde la emisión de su tarjeta de residente permanente", responderá "Sí". Tendrá la oportunidad de ingresar su nuevo nombre.


Como motivo para presentar su solicitud, seleccionará "Mi nombre u otra información biográfica ha cambiado legalmente desde la emisión de mi tarjeta existente". USCIS imprimirá su nuevo nombre legal en la nueva tarjeta verde.


Varias otras preguntas en el Formulario I-90 pueden ser un desafío para algunos residentes permanentes. El servicio de GRUPO EDUCAJURIS puede ayudarlo a navegar estas preguntas.


CORRECCIÓN DEL NOMBRE DE LA TARJETA VERDE

A veces es necesario un cambio de nombre porque USCIS cometió el error. Sucede, por desgracia, con demasiada frecuencia. Las tarjetas verdes llegan por correo con un nombre mal escrito por causas ajenas a usted. USCIS (una agencia dentro del Departamento de Seguridad Nacional) tuvo un error.



En estos casos, deberá seleccionar "Mi tarjeta actual tiene datos incorrectos debido a un error del Departamento de Seguridad Nacional (DHS)" en el Formulario I-90. Desafortunadamente, esto crea un problema. También deberá enviar la tarjeta verde real cuando presente el Formulario I-90. La buena noticia es que no se requiere tarifa de solicitud ni tarifa de servicios biométricos. Deberá incluir los siguientes elementos con su solicitud:

· Tarjeta de residente permanente original con la información incorrecta. Una copia de la tarjeta no es aceptable.

· Prueba de su nombre correcto o datos biográficos que está arreglando. Por ejemplo, proporcione una copia de la orden judicial original que refleje su nombre o una copia registrada de su certificado de matrimonio original, decreto de divorcio, certificado de nacimiento, decreto de adopción, pasaporte o documentos judiciales aplicables.


Esto lo dejará sin una tarjeta verde hasta que se pueda enviar una nueva, generalmente varios meses. Puede obtener un sello I-551 en su pasaporte como prueba temporal de su estatus de residente permanente. Una vez que reciba su I-797C, Aviso de acción (aviso de recibo), programe una cita en su oficina local de USCIS para obtener su sello.



CAMBIE SU NOMBRE MIENTRAS SE CONVIERTE EN CIUDADANO ESTADOUNIDENSE

¿Sabías que puedes cambiar tu nombre durante el proceso de naturalización? No es necesario obtener una nueva tarjeta verde primero. En realidad, hay dos formas: antes de la naturalización o durante la naturalización.


ANTES DE LA NATURALIZACIÓN

Si recientemente cambió su nombre, puede presentar su documento de cambio de nombre legal (certificado de matrimonio, decreto de divorcio, etc.) con su Formulario N-400, Solicitud de Naturalización. USCIS usará su nuevo nombre en su Certificado de Naturalización.


DURANTE LA NATURALIZACIÓN

Cuando los residentes permanentes solicitan la naturalización con el formulario N-400, tienen la opción de solicitar un cambio de nombre al obtener la ciudadanía estadounidense. Esto brinda la oportunidad de adoptar nombres más americanizados. Se prepara una petición de cambio de nombre y se envía a un tribunal federal durante el proceso de naturalización. No hay costo adicional. El cambio de nombre se vuelve definitivo una vez que un tribunal federal naturaliza al solicitante. Nuevamente, USCIS usará su nuevo nombre en su Certificado de Naturalización.



DESPUÉS DE LA NATURALIZACIÓN

Por supuesto, incluso puede cambiar su nombre después de la naturalización. Es posible que deba actualizar su Certificado de naturalización. Para ello, presente el Formulario N-565, Solicitud para Reemplazar Documento de Ciudadanía. Nuevamente, necesitará evidencia de su cambio de nombre legal. USCIS le proporcionará un nuevo certificado que incluye su nuevo nombre legal.


















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