- JOSE RAMÓN RAMIREZ SANCHEZ
- 28 may 2022
- 3 Min. de lectura

GRUPO EDUCAJURIS
(ESCUELA INTERNACIONAL DE DERECHO MIGRATORIO)
CONSEJOS DE INMIGRACIÓN E INFORMACIÓN PRÁCTICA
Presentado por profesor José Ramón Ramírez Sánchez
28/Mayo/2022.
Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana.- Si buscas empresas que patrocinan visas de trabajo en Estados Unidos, hemos recopilado para ti las 10 empresas que más patrocinan visas de trabajo H-2A y visas H-2A.
EMPLEOS DE TEMPORADA
*EMPRESAS QUE PATROCINAN VISAS DE TRABAJO EN ESTADOS UNIDOS*
Las visas de trabajo temporal H2A y H2B es un programa que ayuda a empleadores o empresas agrícolas y no agrícolas de EE.UU. A contratar mano de obra extranjera a falta de trabajadores disponibles en los Estados Unidos para realizar labores en el campo agrícola en el caso de las visas H-2A. Y labores no agrícolas en el caso de las visas H-2B.
Para ayudarte en la busque de un empleo temporal en los EE. UU. te vamos a compartir una lista de empresas que patrocina visas de trabajo en los Estados Unidos.
*EMPRESAS QUE PATROCINAN VISAS DE TRABAJO EN ESTADOS UNIDOS H2-A 2022*
Las visas de trabajo H-2A permiten a los empleadores de los EE.UU. a traer trabajadores para labores agrícolas temporales. Te compartimos 10 empresas estadounidense que patrocinan visas de trabajo H2-A para trabajos temporales agrícolas.
· Plant City en Florida
· Mild Ridge Lawn & Landscape Indianapolis, IN
· Statewide Harvesting & Hauling, LLC Dover, FL
· Kershaw Companies, Yakima WA
· Calcagno Fresh Farms, LLC, Oregon City. OR
· Dunson Harvesting, Inc.Duette, FL
· Fresh Harvest, Inc. Oxnard, CA
· Red Berry Ranch, LLC Plant City, FL
· McNeill Labor Management Inc Haines City, FL
· Lewis Nursery and Farms, Inc Rocky Point, NC
LISTA DE EMPRESAS QUE PATROCINAN VISAS DE TRABAJO H2B 2022
Las visas de trabajos H-2B es una categoría de visa que permite a empleadores de EE.UU. a traer mano de obra para labores no agrícolas es decir otras laboras que no están relacionadas con la agricultura.
Te compartimos 10 empresas que patrocina visas de trabajo H-2B para llevar mano de obra a EE.UU. en labores no agrícolas como jardinería, construcción, restaurantes, procesamiento de mariscos, etc.
· Wild Ridge Lawn & Landscape Indianapolis, IN
· Blue Skies Landscape LLC Baton Rouge, LA
· COMPLETE LANDSCULPTURE OF TEXAS, L.P. Edmond, OK
· Mid-America Lawn Maintenance Co. Inc.Maryland Heights, MO
· Ecoscape Solutions Group, LLC_Raleigh Durham, NC
· Nissui Dutch Harbor, AK
· Kirk Robinson Ralph, SD
· Westward Seafoods, Inc. Dutch Harbor, AK
· LCB INDUSTRIAL SOLUTIONS CO houston, TX
· Aloha Pools of Jackson LLC Jackson, TN
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LISTA DE EMPRESAS QUE PATROCINAN VISAS DE TRABAJO H2B 2022 EN LOS ESTADOS UNIDOS
¿Cómo conseguir un contrato de trabajo en Estados Unidos?
Debes ponerte en contacto con un empleador de Estados Unidos para solicitar un puesto de trabajo temporal. El empleador en EE. UU. debe presentar por ti una petición al USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos)
TRABAJO POR 6 MESES EN ESTADOS UNIDOS PARA MUJERES
Con las visas de trabajo temporal H-2A y H-2B puedes conseguir contratos temporales de acuerdo a la estación de la cosecha o del proyecto. Generalmente los contratos son de un año los cuales se pueden renovar hasta un máximo de 3 años en el caso de las visas H-2A y H-2B.
TRABAJOS TEMPORALES EN ESTADOS UNIDOS PARA DOMINICANOS 2022
La Republica Dominicana está dentro de los países aprobados para aplicar a las visas de trabajos temporales en los Estados Unidos, para aplicar debes ponerte en contacto directamente con un empleador o una empresa que patrocine visas de trabajo H-2A o H-2B para EE.UU.
En nuestro sitio estaremos constantemente compartiendo las ultimas noticias sobre las visas de trabajo H-2B y H-2A para que puedas conocer más sobre las empresas que patrocinan visas de trabajo 2022 temporales para los Estados Unidos.
CONOCES EMPRESAS QUE PATROCINAN VISAS DE TRABAJO H2B 2022
Si conoces más empresas que patrocinan visas de trabajo H2B 2022 comparte la información para poder ayudar a otros en su sueño de obtener una visa para poder ir a trabajar a los Estados Unidos. También si tienes información sobre empresas que patrocinan visas de trabajo H2A 2022 será de gran ayuda si la compartes con todos nosotros.
ACERCA DE GRUPO EDUCAJURIS
GRUPO EDUCAJURIS brinda orientación simple, asequible y paso a paso a través de las solicitudes de inmigración de USCIS. Las personas, los especialistas de inmigración y las organizaciones sin fines de lucro utilizan el servicio en una computadora de escritorio o en un dispositivo móvil para preparar formularios de inmigración con precisión, evitando costosas demoras. GRUPO EDUCAJURIS permite a los usuarios probar nuestros servicios de forma pagada y ofrece una garantía de devolución del 100 % del dinero de que USCIS aprobará la solicitud o petición. Brindamos apoyo para la Solicitud de Ajuste de Estatus (Formulario I-485), la Solicitud de Ciudadanía (Formulario N-400) y varios otros formularios de USCIS. Mas info al 809.505.9986/829.386.5449/829.368.3916.
- JOSE RAMÓN RAMIREZ SANCHEZ
- 27 may 2022
- 7 Min. de lectura

LA ESQUINA MIGRATORIA
(CONSEJOS E INSTRUCCIONES)
Presentado por Profesor José Ramón Ramírez
(Especialista en Derecho Migratorio)
NOTICIAS DE INMIGRACIÓN
27 DE MAYO DE 2022
Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana.- Estados Unidos ha sido durante mucho tiempo un destino de oportunidades económicas. Los inmigrantes tienen una historia significativa en los negocios estadounidenses como contribuyentes y creadores. Han trabajado en campos y fábricas, y los inmigrantes también han construido algunas de las empresas estadounidenses más grandes. Hay muchos tipos de visas de trabajo y estados de inmigración de los EE. UU. que pueden proporcionar privilegios de empleo en los Estados Unidos. Las reglas para cada uno pueden variar.
Esta no es una lista completa de todas las posibilidades, pero hemos compilado una lista de algunos de los tipos de visa de trabajo más populares de EE. UU.
VISAS DE INMIGRANTE (INMIGRACIÓN PERMANENTE BASADA EN EMPLEO)
Las visas de inmigrantes, también conocidas como tarjetas verdes, las llevan los residentes permanentes. Hay muy pocas restricciones de empleo para los residentes permanentes. A excepción del empleo designado solo para ciudadanos estadounidenses, los titulares de la tarjeta verde generalmente pueden trabajar para cualquier empleador y cambiar de empleador según lo deseen. La prueba de autorización de empleo es la tarjeta verde.
TIPO DE VISA DE TRABAJO PERMANENTE DE EE. UU.
Las visas de inmigrantes siempre vienen con permiso para trabajar. Por lo tanto, cualquier persona que obtenga una tarjeta verde tiene muchas opciones de empleo. Hay ciertas tarjetas verdes otorgadas por motivos de empleo. En otras palabras, el tipo de empleo hace que el solicitante sea elegible para una tarjeta verde. En general, las tarjetas verdes basadas en el empleo deben tener un patrocinador del empleador. Éstos incluyen:
EB-1: TRABAJADORES PRIORITARIOS
La categoría EB-1 de primera preferencia es para trabajadores prioritarios. Se divide en tres categorías reservadas para personas con habilidades extraordinarias (EB-1A), profesores e investigadores destacados (EB-1B) y ejecutivos y gerentes multinacionales (EB-1C). En la mayoría de los casos, un empleador estadounidense debe extender una oferta de empleo permanente y presentar una petición basada en el empleo. Sin embargo, el autopatrocinio, basado en calificaciones, está disponible en la categoría de habilidad extraordinaria EB-1A. Hay un límite anual de 40,000 visas EB-1, pero los candidatos pueden estar más limitados por los límites por país.
EB-2: PROFESIONALES CON GRADOS AVANZADOS O HABILIDAD EXCEPCIONAL
La categoría EB-2 de segunda preferencia es para miembros de profesiones que tengan un título avanzado o su equivalente o un ciudadano extranjero que tenga una habilidad excepcional en las artes, la ciencia o los negocios. Generalmente, las visas EB-2 requieren una certificación laboral individual aprobada por el Departamento de Trabajo. Sin embargo, ciertos ciudadanos extranjeros pueden calificar para una exención de interés nacional. Las exenciones de interés nacional generalmente se otorgan a aquellos que tienen una capacidad excepcional y cuyo empleo en los Estados Unidos beneficiaría enormemente a la nación.
EB-3: TRABAJADORES CALIFICADOS, PROFESIONALES Y TRABAJADORES NO CALIFICADOS
La categoría EB-3 de tercera preferencia es para trabajadores calificados con al menos dos años de capacitación o experiencia, profesionales con títulos universitarios u "otros" trabajadores para mano de obra no calificada que no sea temporal o estacional. Si bien hay un conjunto de requisitos menos estrictos que vienen con una visa EB-3, también hay un retraso más prolongado.
Todos los casos en las categorías basadas en el empleo, tercera preferencia (EB-3) y la mayoría de los casos en las categorías de segunda preferencia (EB-2) requieren patrocinio de empleo y aprobación del trabajo PERM.
El programa de certificación laboral permanente (comúnmente conocido como PERM) verifica que no haya suficientes trabajadores estadounidenses capaces, dispuestos, calificados y disponibles para aceptar la oportunidad laboral en el área de empleo previsto y que el empleo del trabajador extranjero no afectará negativamente los salarios. y las condiciones de trabajo de los trabajadores estadounidenses empleados de manera similar. permite a un empleador contratar a un trabajador extranjero para trabajar permanentemente en los Estados Unidos. En la mayoría de los casos, antes de que el empleador de los EE. UU. pueda presentar una petición de inmigración al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS) del Departamento de Seguridad Nacional, el empleador debe obtener una solicitud de certificación laboral certificada de la Administración de Empleo y Capacitación (ETA) del DOL.
VISAS DE TRABAJO PARA NO INMIGRANTES (VISAS TEMPORALES BASADAS EN EL EMPLEO)
También hay una variedad de visas de no inmigrante diseñadas para propósitos de empleo. Estas visas de trabajo de EE. UU. otorgan una autorización de trabajo temporal y no están conectadas con la residencia permanente. Por lo general, se imponen varias restricciones sobre el tipo de empleo, los empleadores específicos y la cantidad de tiempo que uno puede estar empleado. La prueba de autorización de empleo es generalmente la visa.
TRABAJADORES NACIDOS EN EL EXTRANJERO
Las visas de trabajo estadounidenses para no inmigrantes son visas que otorgan a un ciudadano extranjero el derecho a visitar temporalmente los Estados Unidos. Un ciudadano extranjero que ingresa a los EE. UU. en estado de no inmigrante está restringido a la actividad o razón por la cual se le permitió la entrada. Y una vez cumplido ese propósito o vencida la estadía autorizada (que es lo primero), el extranjero debe salir de Estados Unidos. Por ejemplo, un visitante B-2 está autorizado a visitar por placer. Un B-2 no está autorizado para inscribirse en una universidad y convertirse en estudiante. Una visa de estudiante F-1 (y algunos otros tipos de visas) son para este propósito. Lo mismo ocurre con estas visas de trabajo:
VISA E-1/E-2: COMERCIANTE POR TRATADO O INVERSIONISTA POR TRATADO
La visa E-1 permite a los ciudadanos extranjeros de ciertos países visitar los Estados Unidos con fines de comercio internacional. Alternativamente, ciertas personas pueden calificar para una visa E-2 como Inversionista por Tratado. Los solicitantes deben ser ciudadanos de un país que mantenga un tratado comercial con los EE. UU. y deben demostrar que vienen a los EE. UU. de conformidad con ese tratado para llevar a cabo un comercio sustancial. Para el Inversionista por Tratado, la inversión debe ser sustancial en una empresa operativa real que tenga un impacto económico significativo en los EE. UU. Una gran inversión en una cuenta bancaria pasiva no cumplirá con el requisito.
VISA H-1B: TRABAJADORES PROFESIONALES EN UNA OCUPACIÓN ESPECIALIZADA
La H-1B es una visa de trabajo estadounidense de gran demanda. El solicitante debe tener una oferta de empleo de un empleador estadounidense y el puesto de trabajo debe ser una ocupación especializada. En general, esto significa que se requiere una licenciatura o un título superior para hacer el trabajo. El empleador estadounidense debe patrocinar al ciudadano extranjero para la visa H-1B mediante la presentación de una Petición I-129 ante el USCIS y la presentación de una solicitud de condición laboral. Por lo tanto, las visas H-1B están vinculadas a un empleador específico, y los titulares de visas H-1B generalmente no pueden transferir empleados. Hay un número limitado de visas H-1B emitidas cada año. Debido a la gran demanda de visas de trabajo H-1B, muchas empresas utilizan un bufete de abogados de inmigración con experiencia para navegar el complicado proceso. Esta visa de trabajo de EE. UU. se puede extender hasta seis años.
VISA L-1: TRANSFERIDO TEMPORAL INTRA/ENTRE COMPAÑÍAS
La visa de trabajo L-1 generalmente es utilizada por empresas más grandes para traer ejecutivos, gerentes o empleados con conocimientos especializados de una sucursal extranjera a los Estados Unidos. El titular de la visa L-1 puede ser una transferencia temporal a la sucursal de la empresa en los EE. UU. o puede ser enviado con el fin de establecer una presencia en los EE. UU. Además, el empleado L-1 debe haber trabajado para el empleador extranjero durante un año continuo dentro de los últimos tres años inmediatamente anteriores a la entrada a los Estados Unidos. La visa de trabajo estadounidense L-1 se subcategoriza en visas L-1A (capacidad gerencial/ejecutiva) y L-1B (conocimiento especializado). Además de las empresas multinacionales con fines de lucro, las organizaciones sin fines de lucro, religiosas y caritativas pueden utilizar el tipo de visa de trabajo L-1. Las organizaciones que utilizan con frecuencia empleados L-1 pueden presentar una petición general que les permita obtener la aprobación de USCIS solo una vez para transferir múltiples empleados gerenciales, ejecutivos y profesionales. A los empleados se les otorga una visa L-1 por un período inicial de tres años que puede extenderse hasta un máximo de siete años.
VISA O-1: EXTRANJEROS CON HABILIDADES EXTRAORDINARIAS
La O-1 es un tipo de visa de trabajo de EE. UU. que permite a los empleadores de EE. UU. contratar a ciudadanos extranjeros con ciertas habilidades extraordinarias. La visa O-1A incluye a personas con una habilidad extraordinaria en las ciencias, la educación, los negocios o el atletismo. Y la visa O-1B cubre a las personas con una habilidad extraordinaria en las artes o un logro extraordinario en la industria cinematográfica o televisiva. A los titulares de la visa O-1 se les otorga un período inicial de estadía de hasta tres años que puede extenderse en incrementos de un año en algunos casos.
VISA TN: NAFTA TN PROFESIONAL
El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) creó lo que se conoce como la visa TN. La visa TN está disponible para ciudadanos de Canadá y México que califiquen con el fin de trabajar para un empleador estadounidense. Pero hay requisitos de elegibilidad muy específicos. Este tipo de visa de trabajo de EE. UU. solo está disponible para ciertas profesiones. La lista contiene una variedad de ocupaciones que incluyen: contadores, arquitectos, ingenieros, diseñadores, abogados, farmacéuticos, científicos y maestros. Generalmente, el solicitante de la visa debe poseer una licenciatura o superior para ser considerado un profesional en la categoría TN. A los profesionales de TN se les concede un período inicial de estancia de tres años con posibles prórrogas de estancia por otros tres años.
AUTORIZACIÓN DE EMPLEO PARA NO INMIGRANTES (TEMPORAL Y NO BASADA EN EL EMPLEO)
Además de las visas temporales establecidas específicamente para fines de empleo, hay algunos titulares de visas de no inmigrantes y otros estados migratorios que pueden ser elegibles para autorización de empleo. Las personas que se encuentran en estas categorías de elegibilidad deben solicitar la autorización de trabajo.
Una vez aprobado, USCIS otorga un Documento de Autorización de Empleo (como se muestra arriba). Comúnmente conocido como EAD o permiso de trabajo, este documento es prueba de autorización de empleo.
Es ilegal que las empresas estadounidenses empleen a sabiendas a alguien cuya autorización de empleo haya vencido. Las empresas que violen la ley podrían enfrentar multas civiles o sus ejecutivos podrían ir a la cárcel en casos extremos.
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Mas info al 809.505.9986.
- JOSE RAMÓN RAMIREZ SANCHEZ
- 27 may 2022
- 5 Min. de lectura

LA ESQUINA MIGRATORIA
(CONSEJOS E INSTRUCCIONES)
Presentado por Profesor José Ramón Ramírez
(Especialista en Derecho Migratorio)
27 DE MAYO DE 2022
Santo Domingo, Distrito Nacional, R.D.- Cuando está preparando un paquete de solicitud de ajuste de estatus, no hace falta decir que debe ser elegible. Sin embargo, es importante recordar que debe seguir siendo elegible durante todo el proceso y hasta que se emita la tarjeta verde. Evitar un ajuste de la denegación de estatus debido a cambios en las circunstancias.
Es común que alguien presente el Formulario I-485, Solicitud de ajuste de estatus, y luego cambien las circunstancias. Generalmente, un cambio de dirección o un nuevo hijo no es lo suficientemente importante como para interrumpir el proceso de solicitud. Pero otros cambios en las circunstancias pueden hacer que la solicitud no sea elegible e incluso dejar al solicitante expuesto a procedimientos de remoción (deportación).
El ajuste de la línea de tiempo de estado puede tomar alrededor de un año. Al preparar su solicitud de ajuste de estatus, tome nota de los elementos que pueden cambiar durante ese tiempo. Revise su solicitud periódicamente mientras el I-485 está pendiente. Los cambios menores a menudo pueden esperar hasta la entrevista. Los cambios más significativos pueden requerir una acción inmediata. Estas son algunas de las razones más comunes para un ajuste de denegación de estatus debido a cambios en las circunstancias.
FUERA DE ESTADO
En general, los ciudadanos extranjeros deben tener un estatus legal para poder ajustar el estatus. Dependiendo de la base de la solicitud I-485, USCIS puede denegar la solicitud si el futuro inmigrante se queda más tiempo de lo establecido en la visa o nunca tuvo un estatus legal.
Hay una excepción para los parientes inmediatos (cónyuges, padres o hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses), así como para los auto peticionarios de VAWA (Ley de violencia contra la mujer). Estos solicitantes generalmente pueden presentar el Formulario I-485, Solicitud de Ajuste de Estatus, con una visa que se quedó más tiempo.
Sin embargo, si un solicitante de ajuste ya está en proceso de deportación y lo solicita sobre la base del matrimonio con un ciudadano estadounidense o residente permanente, existe la presunción de que el matrimonio no se celebró de buena fe. El solicitante solo será elegible para el ajuste si puede demostrar con evidencia clara y convincente que el matrimonio se celebró de buena fe y no con el propósito de obtener una tarjeta verde y evitar la deportación.
Finalmente, asegúrese de que su solicitud sea precisa en el momento de la solicitud. Es posible que haya completado el I-485 en un momento antes de que venciera su registro I-94. Para cuando llegue a armar el paquete de ajuste de estatus y enviarlo por correo a USCIS, es posible que sus respuestas deban cambiar. Hay varias preguntas en la solicitud que pueden necesitar actualizaciones para alguien que pierde el estatus.
MUERTE DE UN PETICIONARIO
Históricamente, USCIS no aprobaría casos basados en la familia si el peticionario falleciera mientras la petición estaba pendiente. El Congreso cambió eso en 2009 con INA 204(l).
Ahora, un oficial de USCIS puede aprobar una solicitud de ajuste de estatus si se cumplen todas las siguientes condiciones:
· El solicitante residía en los Estados Unidos cuando murió el pariente calificado;
· El solicitante continúa residiendo en los Estados Unidos a la fecha de la decisión sobre la solicitud pendiente; y
· El solicitante es al menos uno de los siguientes:
· Un beneficiario de una petición de visa de inmigrante de familiar inmediato pendiente o aprobada;
· Un beneficiario de una petición de visa de inmigrante familiar pendiente o aprobada, incluidos tanto el beneficiario principal como cualquier beneficiario derivado;
· Cualquier beneficiario derivado de una petición de visa de inmigrante basada en empleo pendiente o aprobada;
· El beneficiario de una Petición de familiar de refugiado/asilado pendiente o aprobada (Formulario I-730);
· Un ciudadano extranjero admitido como no inmigrante derivado T o U; o
· Un asilado derivado.
Esto puede complicarse. Si el peticionario en su caso falleció, consulte con un especialista de inmigración que pueda determinar si esta excepción se aplica a su situación.
EL BENEFICIARIO SE CASA
En el caso de un residente permanente que solicita un hijo o hija, es importante que el hijo o hija beneficiario no se case. Eso es porque un residente permanente no puede solicitar a un hijo o hija casado.
Por ejemplo, una madre residente permanente presenta una petición I-130 para su hija extranjera. Finalmente, la petición se aprueba en la categoría F2B (hijos e hijas adultos solteros de LPR). Sin embargo, la hija se casa antes de que se apruebe la solicitud de ajuste. Incluso si la petición ya ha sido aprobada, la hija ya no califica para el ajuste a residente permanente debido al cambio de circunstancias. De hecho, ya no es elegible para inmigrar a través de la categoría F2B. Su madre puede naturalizarse como ciudadana estadounidense y luego volver a solicitar a la hija en la categoría F3 (hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses). Por supuesto, esto agrega tiempo y gastos significativos.
EL BENEFICIARIO SE DIVORCIA
Si los beneficios de inmigración se basan en una relación con el cónyuge peticionario o el cónyuge beneficiario principal, es probable que el divorcio resulte en la denegación del caso. De hecho, incluso solicitar el divorcio o la separación es suficiente para invalidar la relación calificada.
Por ejemplo, una ciudadana extranjera presenta una solicitud de ajuste basada en su relación con un cónyuge ciudadano estadounidense. Sin embargo, antes de que USCIS apruebe la solicitud, la pareja se separa. Presentan un divorcio y viven en residencias separadas. El ciudadano extranjero debe esperar que se le niegue el ajuste porque ya no existe una relación calificada. Aunque los dos están técnicamente casados hasta que se conceda el divorcio, no viven en unión marital.
OFERTA DE TRABAJO RESCINDIDA
Se requiere una oferta de trabajo para muchas tarjetas verdes basadas en el empleo. Si la oferta de trabajo se rescinde por algún motivo, es probable que USCIS rechace la solicitud de ajuste de estatus. Independientemente de si la retractación se debió a las acciones del solicitante oa circunstancias fuera del control del solicitante, es un requisito.
Por ejemplo, un ciudadano extranjero se encuentra en los Estados Unidos como beneficiario de una petición de inmigrante EB-1B. Debido a las condiciones económicas, el empleador se ve obligado a retirar la oferta de empleo. Como resultado, USCIS niega la solicitud de ajuste.
AJUSTE DE NEGACIÓN DE ESTATUS DEBIDO A OTROS CAMBIOS EN LAS CIRCUNSTANCIAS
Los ejemplos anteriores no incluyen todas las posibilidades. Existen numerosos motivos de inadmisibilidad que USCIS revisa antes de otorgar el ajuste al estatus de residente permanente. Todo puede conducir a un ajuste de la negación del estatus.
En general, a los ciudadanos extranjeros se les puede prohibir el ajuste de estatus si:
· Trabajó en los Estados Unidos sin autorización de empleo
· No estaban en un estado legal en el momento de la presentación
· No pudo mantener el estatus desde que ingresó a los EE. UU.
· Ingresó más recientemente a través del programa de exención de visa
Sin embargo, hay excepciones a las reglas anteriores. En particular, los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses (cónyuges, padres e hijos solteros menores de 21 años) pueden continuar ajustando el estatus incluso si han violado estos motivos.
ACERCA DE GRUPO EDUCAJURIS
GRUPO EDUCAJURIS brinda orientación simple, asequible y paso a paso a través de las solicitudes de inmigración de USCIS. Las personas, los especialistas de inmigración y las organizaciones sin fines de lucro utilizan el servicio en una computadora de escritorio o en un dispositivo móvil para preparar formularios de inmigración con precisión, evitando costosas demoras. ACERCA DE GRUPO EDUCAJURIS permite a los usuarios probar el servicio y ofrece una garantía de devolución del 100 % del dinero de que USCIS aprobará la solicitud o petición. Brindamos apoyo para la Solicitud de Ajuste de Estatus (Formulario I-485), la Petición de Familiar Extranjero (Formulario I-130) y varios otros paquetes de inmigración.
Mas info al 809.505.9986.