- JOSE RAMÓN RAMIREZ SANCHEZ
- 31 may 2022
- 6 Min. de lectura
-NOTICIAS DE EDUCAJURIS-
GRUPO DOMINICANO DE CAPACITACION JURIDICA Y EMPRESARIAL
(GRUPO EDUCAJURIS)
Fundado el 04 de octubre 2016
Empresa Legalmente Constituida Bajo el Registro de ONAPI No. 516723
R.N.C. No. 13237829-6
Registro Mercantil No. 175710
-ESCUELA INTERNACIONAL DE DERECHO-
CONSEJOS DE INMIGRACION Y PRACTICAS
Presentado por Profesor JOSE RAMON RAMIREZ SANCHEZ
(Especialista en Derecho Migratorio)
31/05/2022
Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana.- Si pierde o le roban su tarjeta verde, es posible que también se esté preguntando sobre el robo de identidad de la tarjeta verde. El robo de identidad es un delito en el que un impostor obtiene información personal, como una tarjeta verde o tarjeta de Seguro Social, para hacerse pasar por otra persona. Al utilizar la información de otra persona, el impostor puede obtener nuevas tarjetas de crédito o realizar compras no autorizadas. Lo que es peor, el ladrón puede proporcionar una identificación falsa a la policía, creando antecedentes penales o dejando órdenes de arresto pendientes para usted, la víctima del robo de identidad de la tarjeta verde.
CÓMO FUNCIONA EL ROBO DE IDENTIDAD
El robo de identidad puede ocurrir de dos maneras básicas: nombre verdadero y apropiación de cuenta. El robo de identidad de nombre verdadero ocurre cuando el ladrón usa información personal para abrir nuevas cuentas. Por ejemplo, el perpetrador podría abrir una nueva cuenta de tarjeta de crédito, establecer un servicio de telefonía celular o incluso abrir una nueva cuenta corriente para obtener cheques en blanco. El robo de identidad por apropiación de cuenta ocurre cuando el ladrón usa su información personal para obtener acceso a sus cuentas existentes. Por ejemplo, el perpetrador podría cambiar la dirección postal de su cuenta y generar una factura enorme antes de que se dé cuenta de que hay un problema.
5 COSAS QUE HACER DESPUÉS DEL ROBO DE IDENTIDAD DE LA TARJETA VERDE
Si pierde o le roban su billetera o información de identificación personal, es importante que tome medidas para protegerse contra el robo de identidad.
1. HAGA UN INVENTARIO Y OBTENGA UN INFORME POLICIAL
Haz una lista de todos los artículos que se perdieron o fueron robados. Es particularmente importante saber si su número de Seguro Social estuvo expuesto. El número está en su tarjeta de Seguro Social, pero a veces se incluye en otra identificación. Las tarjetas de identificación militares y de Medicare más antiguas también pueden incluir el número. Un ladrón de identidad puede tratar de usar tarjetas verdes y licencias de conducir como fuentes de información de identificación personal.
Denuncie el robo (o la pérdida) en la comisaría de policía de su localidad. Déles una lista de todos los artículos que se perdieron o fueron robados. Es poco probable que la policía pueda recuperar su propiedad, pero el informe deja constancia del robo/pérdida. Si un ladrón usa su tarjeta de residencia o información personal en un delito, el informe lo ayuda a probar que no fue usted quien cometió el delito.
Solicite una copia del informe. Es posible que lo necesite más tarde.
2. PÓNGASE EN CONTACTO CON LOS ACREEDORES Y CONTROLE LAS FACTURAS Y LOS ESTADOS DE CUENTA
Primero, comuníquese con su banco, compañías de tarjetas de crédito u otras cuentas que puedan ser las primeras en ser atacadas por un ladrón de identidad. Es probable que la compañía de su tarjeta de crédito cancele la tarjeta, dejándola inservible para realizar compras. Le volverán a emitir una tarjeta con un número diferente.
Vigile sus facturas y estados de cuenta. Si tiene acceso en línea a sus cuentas, controle la actividad para que pueda detectar actividad fraudulenta temprano (antes de que le llegue su próximo estado de cuenta por correo). Las cosas que debe buscar incluyen:
· Compras que no hiciste
· Retiros bancarios que no hiciste
· Cambio de dirección que no esperabas
Si dejó de recibir una factura, eso puede ser un indicador de que alguien ha cambiado su dirección con el acreedor. Incluso debe prestar atención a las declaraciones médicas. Si hay cargos que no reconoce, existe la posibilidad de que alguien haya usado su identidad para ver a un médico.
3. SUPERVISE LOS INFORMES DE CRÉDITO
Un informe crediticio es un informe detallado del historial crediticio de una persona. Las agencias de crédito recopilan información y crean informes crediticios basados en esa información, y los prestamistas usan los informes junto con otros detalles para determinar la solvencia crediticia de una persona para nuevas líneas de crédito.
EL ROBO DE IDENTIDAD
Puede solicitar un informe gratuito de cada una de las tres agencias de crédito una vez al año. Obtenga sus informes crediticios gratuitos de annualcreditreport.com y busque cualquier cuenta que no reconozca. Esto podría significar que alguien robó su identidad.
También puede llamar a cada agencia de crédito para solicitar un informe de crédito o colocar una alerta de fraude como posible víctima de robo de identidad. Las tres agencias de informes crediticios son:
· Equifax: (800) 525-6285
· Experian: (888) 397-3742
· Trans Unión: (800) 680-7289
4. REEMPLACE SU IDENTIFICACIÓN
También querrá reemplazar su identificación tan pronto como sea posible.
REEMPLAZAR UNA TARJETA VERDE
Reemplazar una tarjeta verde es un proceso simple, pero requiere mucho tiempo. Deberá presentar el Formulario I-90, Solicitud para reemplazar la tarjeta de residente permanente, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) junto con la tarifa de presentación. Puede descargar el formulario directamente de USCIS o usar un servicio como CitizenPath para ayudarlo a preparar el Formulario I-90. El tiempo de procesamiento I-90 para reemplazar una tarjeta es de varios meses, así que comience lo antes posible.
En algunos estados, deberá tener una prueba válida del estado de residente permanente (tarjeta verde) para reemplazar su licencia de conducir. Y es posible que necesite la licencia de conducir para reemplazar su tarjeta de Seguro Social.
REEMPLAZAR UNA TARJETA DE SEGURO SOCIAL
Puede reemplazar su tarjeta de Seguro Social de forma gratuita si se pierde o se la roban. Sin embargo, para probar su estatus migratorio en los EE. UU., debe mostrar su tarjeta verde a la Administración del Seguro Social (SSA). Debe presentar documentos originales o copias certificadas por la agencia que los emitió. Use la Solicitud para una Tarjeta de Seguro Social y llévela a su oficina local de SSA.
REEMPLAZAR UNA LICENCIA DE CONDUCIR
Cada estado tiene un procedimiento y requisitos diferentes para reemplazar una licencia de conducir. En muchos casos, deberá mostrar prueba de su residencia permanente. También puede colocar una advertencia de tarjeta robada/perdida en su archivo. Si cree que un ladrón de identidad está usando su licencia, puede solicitar un cambio de número de licencia.
5. PRESENTE LOS IMPUESTOS TEMPRANO
Presentar su declaración de impuestos antes de tiempo no es obligatorio, pero es una táctica para prevenir el robo de identidad relacionado con los impuestos. Si un ladrón usa su número de Seguro Social para solicitar un reembolso de impuestos antes que usted, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) podría pensar que ya presentó y recibió su reembolso. Cuando presente la segunda declaración de impuestos con el mismo SSN, el IRS le enviará por correo un aviso diciendo que se presentó más de una declaración para usted.
AVANZANDO
El robo de identidad de la tarjeta verde es un problema grave. Las tarjetas verdes pueden ser un producto popular para los ladrones de identidad. Por sí misma, la tarjeta verde no es extraordinariamente útil para un ladrón de identidad. Se vuelve muy valioso si el ladrón también obtiene acceso a su número de Seguro Social y otra información de identificación personal. No lleve su tarjeta de Seguro Social en su billetera o cartera; es innecesario Guarde la tarjeta en casa y memorice el número. Para obtener sugerencias y consejos adicionales sobre el robo de identidad, visite el sitio web de la Comisión Federal de Comercio.
ACERCA DE GRUPO EDUCAJURIS
EL GRUPO EDUCAJURIS brinda orientación simple, asequible y paso a paso a través de las solicitudes de inmigración de USCIS. Las personas, los especialistas de inmigración y las organizaciones sin fines de lucro utilizan el servicio en una computadora de escritorio o en un dispositivo móvil para preparar formularios de inmigración con precisión, evitando costosas demoras. El GRUPO EDUCAJURIS permite a los usuarios probar el servicio de forma pagada y ofrece una garantía de devolución del 100 % del dinero de que USCIS aprobará la solicitud o petición. Brindamos asistencia para la Petición de familiar extranjero (Formulario I-130), la Solicitud de ajuste de estatus (Formulario I-485), la Petición para eliminar las condiciones de residencia (Formulario I-751) y varios otros formularios de USCIS.
Mas info al 809.505.9986/829.386.5449/829.368.3916.
- JOSE RAMÓN RAMIREZ SANCHEZ
- 31 may 2022
- 10 Min. de lectura
-NOTICIAS DE EDUCAJURIS-
GRUPO DOMINICANO DE CAPACITACION JURIDICA Y EMPRESARIAL
(GRUPO EDUCAJURIS)
Fundado el 04 de octubre 2016
Empresa Legalmente Constituida Bajo el Registro de ONAPI No. 516723
R.N.C. No. 13237829-6
Registro Mercantil No. 175710
-ESCUELA INTERNACIONAL DE DERECHO-
CONSEJOS DE INMIGRACION Y PRACTICAS
Presentado por Profesor JOSE RAMON RAMIREZ SANCHEZ
(Especialista en Derecho Migratorio)
31/05/2022
Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana.- Obtener una tarjeta verde a través del matrimonio con un ciudadano estadounidense es una de las formas más rápidas de obtener la residencia permanente (y la ciudadanía) en los Estados Unidos. Pero también puede crear importantes problemas de inmigración para las parejas que no entienden el sistema de inmigración de los Estados Unidos. Los matrimonios con tarjeta verde son algunos de los más examinados por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Es importante hacerlo bien.
La residencia permanente no es automática después del matrimonio. Usted y su cónyuge deben seguir un proceso de solicitud específico. Aunque una tarjeta verde a través del matrimonio con un ciudadano estadounidense es una de las formas más rápidas de inmigrar, hay varios pasos que incluyen formularios de solicitud, un examen médico, toma de huellas dactilares y varias aprobaciones. Para ciertas personas, solicitar una tarjeta verde a través del matrimonio puede crear problemas de inmigración significativos a largo plazo.
EL CIUDADANO ESTADOUNIDENSE PRESENTA UNA PETICIÓN DE INMIGRANTE
El proceso comienza cuando el ciudadano estadounidense presenta el Formulario I-130, Petición de familiar extranjero ante el USCIS. Al presentar la petición del Formulario I-130, está estableciendo la existencia de una relación calificada entre usted y su cónyuge. Al mismo tiempo, solicita que el gobierno reserve una visa de inmigrante para su cónyuge. Cuando USCIS aprueba la petición I-130, están reconociendo que existe una relación válida y que hay una visa disponible.
Debido a que los cónyuges de ciudadanos estadounidenses se consideran parientes inmediatos, esta relación tiene un grado de prioridad sobre otras relaciones. No hay límites numéricos sobre los familiares inmediatos que pueden obtener una tarjeta verde cada año. Por otro lado, las categorías de preferencia pueden requerir varios años para obtener una visa ya que existen restricciones en la cantidad de visas disponibles. Por esta razón, el cónyuge extranjero de un ciudadano estadounidense se encuentra en una categoría especial.
PROCESAMIENTO DE NVC PARA EL CÓNYUGE DE UN CIUDADANO ESTADOUNIDENSE
Si el cónyuge extranjero se encuentra fuera de los Estados Unidos, el procesamiento final de la tarjeta verde y la entrevista se llevarán a cabo en una embajada o consulado de los Estados Unidos. Por eso se llama trámite consular. Una vez que USCIS apruebe la solicitud de visa, transferirán el caso al Departamento de Estado de EE. UU. En concreto, enviarán el expediente al Centro Nacional de Visas (NVC). El NVC maneja gran parte de los deberes administrativos relacionados con las visas. Esto es lo que puede esperar en la etapa de NVC:
1. ELIJA UN AGENTE
El agente es otra persona que recibirá información sobre el caso del solicitante de visa de inmigrante. El solicitante puede designar a su cónyuge u otra persona de confianza para que actúe como agente.
2. CUOTAS DE PAGO
Deberá pagar la tarifa de procesamiento de solicitud de visa de inmigrante y la tarifa de declaración jurada de apoyo.
3. PRESENTAR SOLICITUD DE VISA DE INMIGRANTE
El solicitante preparará y enviará la solicitud de visa DS-260 a través del sitio web del Departamento de Estado.
4. ENVIAR DOCUMENTOS A NVC
El NVC solicitará varios documentos financieros y de respaldo que usted y su cónyuge deben presentar.
Puede comunicarse con estos servicios y obtener más información sobre cada uno visitando el sitio web del Departamento de Estado. Espere que esta parte del proceso tome de 6 a 10 semanas. Una vez que usted y su cónyuge hayan presentado los documentos requeridos y pagado las tarifas, el NVC programará una entrevista en el consulado o la embajada de los EE. UU.
AJUSTE DE ESTATUS
Los cónyuges de ciudadanos extranjeros que ya están físicamente presentes en los Estados Unidos pueden ajustar su estatus a residente permanente (titular de la tarjeta verde) al mismo tiempo que presentan el Formulario I-130. Debido a que una visa está disponible de inmediato para los familiares inmediatos, la mayoría de las parejas presentan el Formulario I-130 como parte de un "paquete de ajuste de estado" más grande de formularios de USCIS que acelerará el proceso. Al presentar el Formulario I-485, Solicitud de Ajuste de Estatus y otros formularios requeridos junto con la petición del Formulario I-130, las parejas le brindan a USCIS todo lo necesario para procesar el caso y tomar una decisión lo antes posible. El paquete típico de ajuste de estatus incluye las siguientes formas de gobierno:
· I-130, Petición para Familiar Extranjero
· I-130A, Información Suplementaria para Cónyuge Beneficiario
· I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus
· I-864, Declaración Jurada de Patrocinio
· I-693, Informe de Examen Médico y Registro de Vacunación
· I-765, Solicitud de Autorización de Empleo
· I-131, Solicitud de Documento de Viaje
Un paquete completo de ajuste de estatus también incluirá varios documentos de respaldo según lo requiera cada formulario de USCIS.
ELEGIBILIDAD PARA LA TARJETA VERDE A TRAVÉS DEL MATRIMONIO
La elegibilidad básica para la visa de inmigrante (también conocida como tarjeta verde) a través del matrimonio con un ciudadano estadounidense requiere que:
· Hay un matrimonio legal (de cualquier país); y
· Ninguno de los cónyuges está casado con otra persona al mismo tiempo.
Pero eso no es todo. La elegibilidad para una tarjeta verde a través del matrimonio depende de otros factores, como la buena fe del matrimonio, los períodos de presencia ilegal, otros motivos de inadmisibilidad e incluso el uso de visas anteriores de no inmigrante.
MATRIMONIO VÁLIDO
La naturaleza rápida de este camino de inmigración también lo hace propenso al fraude por parte de ciertas personas que fingen un matrimonio para obtener beneficios de inmigración. Por lo tanto, USCIS examina de cerca a cualquier solicitante que obtenga una tarjeta verde a través del matrimonio. Y esto solo hace que sea más difícil para las personas honestas.
MATRIMONIO CON TARJETA VERDE
Es fácil obtener un certificado de matrimonio. Por lo tanto, la pareja también tiene la carga de demostrar que el matrimonio es genuino y que existe la intención de permanecer juntos. USCIS examinará su caso para confirmar que no hay ningún intento de evadir las leyes de inmigración con un matrimonio fraudulento.
Por lo tanto, será necesario presentar evidencia de que usted y su cónyuge tienen un matrimonio genuino y de buena fe. Para establecer la buena fe de su matrimonio, los siguientes elementos son ejemplos de formas de evidencia aceptables:
· Documentos que muestren la combinación de recursos financieros, como cuentas bancarias conjuntas, extractos de tarjetas de crédito, declaraciones de impuestos, pólizas de seguro, hipotecas de viviendas u otros préstamos
· Documentos que muestren la propiedad conjunta o la propiedad, como el título de una casa o un automóvil
· Un contrato de arrendamiento que muestra la tenencia conjunta de una residencia común
· Acta(s) de nacimiento de hijo(s) nacido(s) en el matrimonio
· Declaraciones juradas o afirmadas por terceros que tengan conocimiento personal de la buena fe de la relación matrimonial. (Es posible que se requiera que dichas personas testifiquen ante un oficial de inmigración sobre la información contenida en la declaración jurada).
Se debe presentar la declaración jurada original y también contener la siguiente información sobre la persona que hace la declaración jurada:
· su nombre completo y dirección; y
· Fecha y lugar de nacimiento; y
· relación con usted o su cónyuge; y
· detalles que explican cómo la persona adquirió su conocimiento de su matrimonio genuino y de buena fe.
· Cada uno de estos documentos debe incluir el nombre de ambos cónyuges. Se recomienda encarecidamente que envíe tantos documentos como sea posible para fortalecer su caso.
COMPLICACIONES PARA CÓNYUGES INDOCUMENTADOS
En general, un cónyuge extranjero que ya se encuentra en los EE. UU. al momento de presentar la petición del Formulario I-130 también puede presentar el Formulario I-485, Solicitud de ajuste de estatus, al mismo tiempo (al mismo tiempo). El Formulario I-485 le permite al inmigrante ajustar su estatus de no inmigrante a visa de inmigrante (tarjeta verde) sin regresar al país de origen. Pero aquí es donde llegan complicaciones adicionales para algunos solicitantes.
La admisión del cónyuge extranjero a los Estados Unidos es un factor importante. Él o ella debe proporcionar pruebas de que la entrada a los EE. UU. fue legal.
Hay una distinción importante entre aquellos que inicialmente ingresaron legalmente y aquellos que nunca tuvieron una admisión legal a los EE. UU. Siempre que el cónyuge extranjero haya ingresado legalmente, generalmente puede ajustar su estatus a residente permanente.
INGRESÓ A LOS EE. UU. CON MEDIOS LEGALES QUE AHORA HAN EXPIRADO
Las personas que ingresaron legalmente a los EE. UU. generalmente fueron inspeccionadas por un oficial de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) en un puerto de entrada, como un aeropuerto, puerto marítimo o cruce fronterizo. El individuo habría ingresado con uno de los siguientes:
· Visa válida de no inmigrante, como visa de turista, visa de estudiante o visa de trabajador temporal; o
· libertad condicional anticipada; o
· Tarjeta de cruce fronterizo; o
· Bajo el Programa de Exención de Visa.
Si ese medio legal de entrada ha expirado ahora, el inmigrante está fuera de estatus y se considera indocumentado. Pero es posible obtener una tarjeta verde a través del matrimonio con un ciudadano de los EE. UU., incluso si el cónyuge extranjero se ha quedado más tiempo que la visa. Él o ella deberá probar la entrada legal en la solicitud, presentando una copia del sello de la visa o el Formulario I-94 (Registro de llegada/salida). Incluso las personas a las que se les ha otorgado Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) pueden incluirse en este grupo.
INGRESÓ A LOS ESTADOS UNIDOS SIN NINGUNA VISA
Por lo general, se considera que una persona que ha ingresado a los EE. UU. sin inspección se encuentra ilegalmente en los EE. UU. y se clasifica como "ingresada sin inspección". Las personas que han entrado sin inspección por lo general cruzan la frontera a escondidas o entran por un cruce fronterizo, pero evitan la inspección (es decir, se esconden en un automóvil).
RESIDENCIA PERMANENTE BASADA EN EL MATRIMONIO CON UN CIUDADANO ESTADOUNIDENSE
La situación se vuelve mucho más complicada para los cónyuges que ingresaron a los EE. UU. sin documentos. El inmigrante indocumentado debe regresar al país de origen para presentar su solicitud a través del consulado de los Estados Unidos. Desafortunadamente, una vez que un inmigrante indocumentado ingresa a los EE. UU., se queda por más de seis meses y luego se va, se le impone una prohibición de reingreso de 3 o 10 años. Este es un obstáculo importante y requiere que el inmigrante indocumentado presente una solicitud de exención provisional del Formulario I-601A al USCIS antes de salir de los Estados Unidos para la entrevista consular. Pero este es un procedimiento complejo que requiere un análisis exhaustivo por parte de un profesional del derecho y contingencias si surgen complicaciones adicionales. Hay riesgos involucrados. Una exención provisional fallida podría resultar en que el cónyuge extranjero no pueda ingresar a los EE. UU. Por estas razones, consulte con un especialista de inmigración con experiencia antes de presentar cualquier formulario de USCIS.
MOTIVOS DE INADMISIBILIDAD
A todos los que solicitan ingresar a los Estados Unidos se les verifica la inadmisibilidad. Las personas con antecedentes de actividades delictivas o terroristas, abuso de drogas, problemas médicos infecciosos o ciertas otras características generalmente no podrán ingresar a los EE. UU.
La siguiente lista resume algunas de las principales clases de inadmisibilidad. En algunos casos, se puede obtener una exención.
CLASES DE INADMISIBILIDAD
· Personas con enfermedades transmisibles como la tuberculosis.
· tarjeta verde a través del matrimonio
· Personas con trastornos físicos o mentales que puedan causar daño a sí mismos o a otros.
· residencia permanente después de un matrimonio
· Drogadictos o adictos
· residencia permanente por matrimonio
· Traficantes de drogas
· tarjeta verde casada
· Personas sin las vacunas adecuadas.
· ciudadanía a través del matrimonio
· Personas condenadas por delitos de depravación moral
· tarjeta verde matrimonio con ciudadano estadounidense
· Personas que han violado las leyes de inmigración.
· inadmisibilidad de residencia permanente
· prostitutas
· tarjeta verde
· Personas con múltiples condenas penales.
· tarjeta verde a través del cónyuge
· espías
· residencia permanente basada en el matrimonio
· terroristas
· residencia permanente después del matrimonio
· nazis
RESIDENCIA PERMANENTE POR MATRIMONIO
Es probable que las personas se vuelvan dependientes de la asistencia gubernamental basada en la necesidad.
TARJETA VERDE A TRAVÉS DEL MATRIMONIO
Para una discusión más profunda, lea Motivos de inadmisibilidad. Si su situación puede incluir alguna de las condiciones anteriores, consulte con un abogado de inmigración antes de intentar presentar cualquier formulario de USCIS.
INTENCIÓN PRECONCEBIDA
Es posible que su cónyuge ya esté en los Estados Unidos. Por ejemplo, su cónyuge puede estar en los EE. UU. con una visa de turista, una visa de estudiante o una visa de trabajador temporal. Si su cónyuge ya se encuentra en los EE. UU., es muy importante que comprenda el concepto de intención preconcebida que se aplica a las visas.
Cuando EE. UU. emite una visa de no inmigrante (como una visa de turista, una visa de estudiante, etc.), lo hace con el entendimiento de que el visitante tiene la intención de regresar al país de origen. Sin embargo, si un ciudadano extranjero usa una visa de no inmigrante como una forma de obtener la entrada a los EE. UU. con el objetivo real de ajustar el estatus, el gobierno de los EE. UU. considera que esta visa es un fraude. Si USCIS cree que la visa de no inmigrante se usó como una forma de llegar a los Estados Unidos para ajustar el estatus, no se aprobará una tarjeta verde a través del matrimonio. La tarjeta verde será denegada en base al mal uso de la visa de no inmigrante.
Su prometido o cónyuge no debe viajar a los EE. UU. con una visa temporal (excepto una visa K) con la intención de quedarse de forma permanente porque presentará los formularios I-130 e I-485. Esto se considera un mal uso de la visa y lo más probable es que se niegue la solicitud de tarjeta verde.
Dicho esto, hay casos legítimos en los que la intención de la visa de no inmigrante era viajar por razones temporales. Durante el transcurso del viaje, las circunstancias de la vida cambiaron y fue necesario quedarse y ajustar el estado.
CIUDADANÍA A TRAVÉS DEL MATRIMONIO CON TARJETA VERDE
También hay un camino más rápido hacia la ciudadanía estadounidense a través de un matrimonio con tarjeta verde. Un residente permanente que esté casado con un ciudadano de los EE. UU. durante tres años generalmente puede ser elegible para la naturalización siempre que cumpla con los demás requisitos.
LOS PROMETIDOS USAN UN CAMINO DIFERENTE
Este artículo está escrito para parejas que ya están casadas. Las parejas que están comprometidas para casarse y planean casarse dentro de los Estados Unidos usan un proceso diferente. En cambio, el ciudadano estadounidense obtiene una visa K-1 para el prometido presentando el Formulario I-129F, Petición para prometido extranjero. Dentro de los 90 días de haber llegado a los Estados Unidos, la pareja debe casarse y el prometido extranjero debe ajustar su estatus a residente permanente presentando el paquete de ajuste de estatus.
La ley de inmigración de los EE. UU. no permite que un residente permanente solicite a un prometido. Hay dos opciones. Si es elegible, el residente permanente puede solicitar la ciudadanía estadounidense. Una vez que sea ciudadano estadounidense, el peticionario puede presentar el Formulario I-129F y traer a su prometido(a) a los Estados Unidos. Alternativamente, la pareja puede casarse fuera de los Estados Unidos. Una vez casado, el residente permanente puede solicitar al cónyuge.
ACERCA DE GRUPO EDUCAJURIS
EL GRUPO EDUCAJURIS brinda orientación simple, asequible y paso a paso a través de las solicitudes de inmigración de USCIS. Las personas, los especialistas de inmigración y las organizaciones sin fines de lucro utilizan el servicio en una computadora de escritorio o en un dispositivo móvil para preparar formularios de inmigración con precisión, evitando costosas demoras. El GRUPO EDUCAJURIS permite a los usuarios probar el servicio de forma pagada y ofrece una garantía de devolución del 100 % del dinero de que USCIS aprobará la solicitud o petición. Brindamos asistencia para la Petición de familiar extranjero (Formulario I-130), la Solicitud de ajuste de estatus (Formulario I-485), la Petición para eliminar las condiciones de residencia (Formulario I-751) y varios otros formularios de USCIS .
Mas info al 809.505.9986/829.386.5449/829.368.3916.
- JOSE RAMÓN RAMIREZ SANCHEZ
- 26 may 2022
- 7 Min. de lectura

LA ESQUINA MIGRATORIA
(CONSEJOS E INSTRUCCIONES)
Presentado por Profesor José Ramón Ramírez
(Especialista en Derecho Migratorio)
ABANDONO DE LA TARJETA VERDE: RIESGOS DE VIAJAR AL EXTRANJERO
26/05/2022
Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana.- Hay varias maneras en que puede perder su estatus como residente permanente legal. Una de las formas más comunes es a través del abandono involuntario de la tarjeta verde. Los residentes permanentes pueden viajar fuera de los Estados Unidos. Las vacaciones, los compromisos familiares, el turismo, los negocios son motivos legítimos para realizar viajes temporales al extranjero. Sin embargo, los residentes permanentes que están ausentes de los Estados Unidos por períodos prolongados corren el riesgo de abandonar su estatus de residente permanente.
De hecho, el riesgo de abandono de la tarjeta verde es real para cualquier residente permanente cuyo viaje no sea de naturaleza temporal. Cada año, muchos titulares de tarjetas verdes que regresan de viajes al extranjero se encuentran en peligro de perder su estatus porque sus viajes no son claramente de naturaleza temporal.
EL PROBLEMA DEL ABANDONO
El problema suele surgir cuando un residente permanente llega a un puerto de entrada de EE. UU. y es interrogado por un oficial de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP). Una tarjeta verde deja de ser válida para volver a ingresar si ha estado fuera de los Estados Unidos durante un año o más. Pero incluso los viajes de 180 días o más pueden generar preguntas adicionales sobre la naturaleza de su viaje. El oficial de CBP puede preguntar:
· ¿Dónde has estado fuera de los EE.UU.?
· ¿Por cuánto tiempo estuviste ahí?
· ¿Qué estabas haciendo allí?
· ¿Por qué vienes a los Estados Unidos ahora?
· ¿Qué lazos con los Estados Unidos mantuvo mientras estuvo fuera?
El oficial de CBP está tratando de determinar las razones del viaje al extranjero y su intención de mantener los EE. UU. como el lugar principal de residencia. Si el oficial cree que ha abandonado su estatus de residente permanente legal, puede pedirle que firme el Formulario I-407, Registro de abandono del estatus de residente permanente legal. Si desea conservar su tarjeta verde, niéguese a firmar este documento y hable con un abogado de inmigración. Debido a que no está renunciando voluntariamente a la residencia permanente, el oficial de CBP puede referirlo a la Corte de Inmigración para procedimientos de deportación y un juez para determinar si ha abandonado su tarjeta verde.
PERMISO DE REINGRESO
Una forma de evitar proactivamente problemas con el abandono de la tarjeta verde es solicitar y obtener un permiso de reingreso. A diferencia de una tarjeta verde, que es válida para regresar después de una ausencia de hasta un año, el permiso de reingreso es válido hasta por dos años. Al obtener el reingreso antes de partir, este documento de viaje ayuda a demostrar su intención de regresar a los Estados Unidos.
Un permiso de reingreso puede ayudarlo a evitar el abandono de la tarjeta verde en estos tres escenarios:
1. Espera estar ausente de los EE. UU. por más de un año, pero menos de dos años.
Como se mencionó anteriormente, su tarjeta verde no es válida para reingresar después de un año. Un residente permanente legal puede usar un permiso de reingreso para volver a ingresar a los EE. UU. después de viajes de hasta dos años de duración.
2. Espera estar ausente de los EE. UU. durante al menos 180 días (continuos) durante un período de dos años consecutivos.
Cuando pasa más tiempo fuera de los Estados Unidos que dentro, aumenta la sospecha de abandono de la tarjeta verde. El permiso de reingreso proporciona un método para explicar proactivamente el motivo de su ausencia anticipada y temporal.
3. El oficial de CBP le ha advertido que está en riesgo de abandono de la tarjeta verde.
Requisitos de residencia aconsejados en el pasaporte
En entradas anteriores a los EE. UU., un oficial de CBP puede haberle dado una advertencia verbal o una anotación cerca del sello de su pasaporte. Por ejemplo, en el sello del pasaporte a la derecha, la anotación escrita a mano dice: "Requisitos de residencia recomendados".
Para solicitar un permiso de reingreso, debe presentar el Formulario I-131, Solicitud de documento de viaje. Deberá estar en los EE. UU. para presentar la solicitud y asistir a una cita biométrica unas semanas más tarde. Obtenga el permiso de reingreso antes de partir. Todo el proceso puede demorar aproximadamente de 4 a 6 meses, así que planifique con anticipación. Algunas situaciones pueden calificar para un procesamiento acelerado con USCIS. Si prepara su solicitud I-131 a través de EDUCAJURIS (mas info al 809.505.9986), nuestras instrucciones de presentación le explicarán cómo solicitar el procesamiento acelerado.
Sin embargo, un permiso de reingreso no es una "cura para todos". No es una garantía de que podrá volver a ingresar a los Estados Unidos. Todavía es necesario que le demuestre al oficial de CBP que no ha abandonado su tarjeta verde. Si su viaje al extranjero tuvo el mismo propósito temporal descrito en su solicitud de permiso de reingreso, entonces es probable que el oficial concluya que su ausencia fue temporal y lo readmitirá. Por otro lado, podría correr el riesgo de abandonar su residencia permanente si el oficial determina que no ha mantenido lazos suficientemente fuertes con los Estados Unidos.
MANTENER LAZOS CON LOS EE. UU.
La duración de su ausencia es solo uno de los factores que usan los funcionarios de inmigración para determinar si un viaje fue temporal. Además de la duración de su viaje, observarán otros aspectos de su visita al extranjero que sugieran sus intenciones. Según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS), algunos de los otros factores que pueden indicar que una ausencia no fue temporal (independientemente de la duración de la ausencia) incluyen: mudarse a otro país, tener la intención de vivir en otro país de forma permanente, no presentar una declaración de impuestos sobre la renta de los EE. UU. y declararse "no inmigrante" en sus declaraciones de impuestos de los EE. UU. El oficial de CBP considerará la fuerza de sus lazos en los EE. UU. en comparación con sus lazos en el extranjero. Ejemplos de preguntas que el oficial puede hacer incluyen:
· ¿Es propietario o alquila una casa en los Estados Unidos?
· Si posee o alquila una propiedad en los EE. UU., ¿tiene acceso a ella y están sus pertenencias allí, o se la ha alquilado a otra persona?
· ¿Es propietario o alquila una casa en un país extranjero?
· ¿Dónde trabajas o vas a la escuela?
· ¿Dónde viven sus parientes cercanos?
· ¿Presenta una declaración de impuestos sobre la renta cada año en los EE. UU.?
· ¿Dónde guarda sus activos clave (p. ej., cuentas bancarias, cuentas de tarjetas de crédito, automóviles, seguros)?
· ¿Tiene una licencia de conducir válida de EE. UU.?
· Evidencia de vínculos con los Estados Unidos
Sus respuestas a la pregunta de un oficial de inmigración son importantes, pero la evidencia es aún más convincente para demostrar su intención continua e ininterrumpida de regresar a los Estados Unidos.
A su regreso, esté preparado para explicar claramente el motivo de su viaje temporal. Si la ausencia se prolongó más de 180 días debido a circunstancias imprevistas, puede continuar siendo un viaje temporal siempre que la intención haya sido siempre regresar a los Estados Unidos. De hecho, debe ser su intención regresar a su hogar en los EE. UU. durante todo el viaje. Pero un oficial de inmigración no sabe lo que estás pensando. Entonces, la evidencia de que ha mantenido fuertes lazos con los Estados Unidos tiene más peso.
Algunos ejemplos de evidencia que pueden usarse para ayudar a corroborar su intención continua e ininterrumpida de regresar a los EE. UU. incluyen:
· Escritura de propiedad o contrato de alquiler de su vivienda;
· cuentas bancarias y de tarjetas de crédito de EE. UU.;
· Licencia de conducir actual para su estado de residencia;
· Evidencia de que un empleador estadounidense pagó un salario dentro de un período de tiempo razonable;
· Evidencia de la inscripción de los niños en una escuela de los EE. UU.;
· Declaración(es) de impuestos sobre la renta de los EE. UU. de los últimos tres años; y
· Membresía y participación activa en una organización profesional o social estadounidense.
AUSENCIAS DE MÁS DE UN AÑO
Como se mencionó anteriormente, una tarjeta verde no es válida para volver a ingresar a los Estados Unidos si su ausencia ha sido de un año o más. Entonces, si no obtuvo un permiso de reingreso antes de salir de los EE. UU., ¿qué se puede hacer para evitar el abandono de la tarjeta verde?
Ciertas personas pueden calificar para una visa de residente que regresa (SB-1). Debe poder demostrar que el motivo de su estadía prolongada estuvo fuera de su control y que su intención siempre fue regresar a los Estados Unidos. Una aplicación sólida de SB-1 incluye todo lo siguiente:
· Formulario DS-117 debidamente preparado (solicitud de visa de residente que regresa)
· Su tarjeta de residente permanente (tarjeta verde)
· Su permiso de reingreso si (aplicable)
· Evidencia de que el motivo de su estancia en el extranjero está fuera de su control
· Información sobre las fechas de su viaje fuera de EE.UU.
· Evidencia de su intención de regresar a los EE. UU.
· Evidencia de vínculos con los EE. UU.
Presente la solicitud en la embajada u oficina consular de los EE. UU. más cercana. El oficial consular otorgará la visa SB-1 si se determina que usted salió de los EE. UU. con la intención de regresar a una residencia de los EE. UU. a la que no había renunciado, y su estadía en el extranjero fue por motivos que escapan a su control. Considere seriamente obtener la asistencia de un abogado de inmigración con experiencia antes de enviar esta solicitud.
PAUTAS PARA EVITAR EL ABANDONO DE LA TARJETA VERDE
Si es posible, viaje de forma conservadora. Siempre mantenga los viajes al extranjero de menos de 180 días, pase la mayor parte de su tiempo dentro de los Estados Unidos y mantenga fuertes lazos con su hogar en los Estados Unidos.
Si sus circunstancias lo obligan a estar fuera de los Estados Unidos por períodos prolongados, especialmente si un oficial de CBP le advirtió, busque el asesoramiento de un especialista de inmigración que pueda analizar su situación específica y recomendar cómo mejorar sus lazos con los Estados Unidos. estados
CIUDADANÍA ESTADOUNIDENSE
Los ciudadanos estadounidenses no están restringidos por los mismos requisitos que los residentes permanentes legales. Como resultado, los ciudadanos pueden disfrutar de períodos más largos de viaje fuera de los Estados Unidos sin ningún escrutinio por parte de los funcionarios de inmigración. Por lo tanto, naturalizarse como ciudadano estadounidense es una estrategia común para evitar el abandono de la tarjeta verde.
Al evaluar su solicitud contra los requisitos de naturalización, USCIS analizará su residencia continua y sus ausencias durante los cinco años anteriores. Habrá una presunción de que ha incumplido su requisito de residencia continua por cualquier ausencia de los EE. UU. de seis meses o más durante los cinco años anteriores a la presentación del Formulario N-400, Solicitud de Naturalización. Las ausencias de un año o más siempre interrumpirán el requisito de residencia continua. Desafortunadamente, un permiso de reingreso no protege su requisito de residencia continua a los efectos de la naturalización. Si un residente permanente se ausenta de los Estados Unidos durante un año o más, interrumpirá el requisito de residencia continua para la naturalización incluso si viajó con un permiso de reingreso válido.