- Por Jose R. Ramirez
- 10 dic 2019
- 6 Min. de lectura

MOTIVOS RELACIONADOS CON LA SALUD
Enfermedades transmisibles de importancia para la salud pública. Actualmente, esto incluye tuberculosis de clase A, chancroide, gonorrea, granuloma inguinal, linfogranuloma venéreo, sífilis, lepra o cualquier otra enfermedad transmisible según lo determine el Secretario de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU. Las personas diagnosticadas con estas enfermedades pueden solicitar una exención de inadmisibilidad.
RECHAZO DE LAS VACUNAS REQUERIDAS
Trastornos físicos o mentales y comportamientos nocivos asociados
MOTIVOS PENALES
Delitos relacionados con depravación moral (que no sea un delito puramente político)
Una violación de sustancias controladas de acuerdo con las leyes y reglamentos de cualquier país o estado de EE. UU.
Dos o más condenas sumarias que no incluyen DUI, conducción peligrosa o asalto general, o 1 condena procesable.
PROSTITUCIÓN Y VICIO COMERCIALIZADO
Una actividad criminal grave para la cual se ha recibido inmunidad de enjuiciamiento
Seguridad y motivos relacionados.
Espías, saboteadores o terroristas.
Miembros voluntarios de partidos comunistas u otros partidos totalitarios
Miembros del nazismo
LOS EXTRANJEROS INADMISIBLES BAJO LA SECCIÓN 212 (A) (3) (B) DEL INA QUE HAN:
Estado involucrado en un grupo terrorista actual o pasado.
Contribuido a la financiación de un grupo terrorista actual o pasado.
Tenidos parientes que están o han estado involucrados en un grupo terrorista actual o pasado.
Proporcionada asistencia médica a un grupo terrorista actual o pasado.
Sido niños soldados, esclavos sexuales o víctimas de la trata obligados a contribuir a un grupo terrorista actual o pasado.
Sido forzado a ayudar a un grupo terrorista pasado o actual.
ENTRANTES ILEGALES Y VIOLADORES DE INMIGRACIÓN
Hay varias circunstancias bajo las cuales los entrantes ilegales y los infractores de inmigración pueden solicitar una exención de inadmisibilidad:
Los extranjeros que ingresan a los Estados Unidos sin ser admitidos o puestos en libertad condicional en un puerto de entrada (EWI - Entrada sin inspección) o que se quedan más de una visa válida comienzan a acumular presencia ilegal después de la entrada ilegal, o el período de estadía autorizada expira.
Los extranjeros que a sabiendas o intencionalmente hicieron declaraciones falsas o cometieron fraude para obtener un beneficio o beneficio de inmigración bajo el INA, pueden solicitar una exención de inadmisibilidad en el Formulario I-601.
Los extranjeros previamente deportados o expulsados de manera acelerada también deben presentar el Formulario I-212, Solicitud de permiso para volver a solicitar la admisión (si es elegible).
Los extranjeros presentes ilegalmente en los Estados Unidos por un período agregado de un (1) año que hayan salido de los Estados Unidos y hayan reingresado sin inspección (EWI) no son elegibles para presentar el Formulario I-601 para renunciar a su presencia ilegal.
MOTIVOS DIVERSOS
Polígamos practicantes.
Guardianes que acompañan a los extranjeros indefensos
Secuestradores internacionales de niños y familiares que apoyan a secuestradores
Antiguos ciudadanos estadounidenses que el Fiscal General determinó que renunciaron a la ciudadanía con el fin de evitar impuestos (la Enmienda Reed actualmente no aplicada).
REQUISITOS PARA LA APROBACIÓN DE LA EXENCIÓN DE INADMISIBILIDAD PRESENCIA ILEGAL (BARRA DE 3/10 AÑOS)
Si el solicitante es inadmisible porque ha estado ilegalmente presente en los Estados Unidos por más de 180 días (barra de 3 años) o un año (barra de 10 años), puede solicitar una exención de inadmisibilidad. Es importante tener en cuenta que un solicitante NO PUEDE SER ELEGIBLE para solicitar la exención de inadmisibilidad si estuvo presente ilegalmente en los Estados Unidos durante más de un año, salió de los Estados Unidos y luego regresó sin ser admitido o puesto en libertad condicional (EWI). El solicitante debe establecer que su cónyuge, padre de familia o residente legal permanente o ciudadano de los EE. UU. O el solicitante de la visa K sufrirían dificultades extremas si la solicitud fuera denegada. Hay instrucciones especiales para los peticionarios de TPS y VAWA que solicitan una exención de este motivo de inadmisibilidad.
MOTIVOS PENALES
El solicitante puede solicitar una exención de inadmisibilidad si se determina que es inadmisible por:
(1) un delito que implique depravación moral (que no sea un delito puramente político);
(2) una violación de sustancias controladas de acuerdo con las leyes y reglamentos de cualquier país;
(3) dos o más condenas sumarias (que no sean la conducción peligrosa de DUI o el asalto general), o una o más condenas procesables;
(4) prostitución;
(5) vicio comercializado ilegalmente relacionado o no con la prostitución; o
(6) ser un extranjero involucrado en una actividad criminal grave, que ha declarado inmunidad de enjuiciamiento.
El solicitante debe establecer que él o ella es inadmisible solo por participar en la prostitución (incluida la adquisición de otros para la prostitución o haber recibido el producto de la prostitución), pero ha sido rehabilitado y su admisión no será contraria al bienestar nacional. seguridad o protección de los Estados Unidos; O
Han transcurrido al menos 15 años desde la actividad o el evento que hizo que el solicitante fuera inadmisible, que hayan sido rehabilitados y que su admisión a los Estados Unidos (o la emisión de la visa de inmigrante) no sea contraria al bienestar o la seguridad nacional de los Estados Unidos; O
El solicitante, ciudadano, ciudadano estadounidense o residente legal permanente, cónyuge, hijo, hija, padre o solicitante de visa K experimentaría dificultades extremas si al solicitante se le negara la admisión; O
EL SOLICITANTE ES UN AUTO-PETICIONARIO APROBADO POR VAWA (LEY DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER).
El Fiscal General de los EE. UU. No ejercerá favorablemente la discreción de una exención para consentir la Re aplicación a los Estados Unidos (o el ajuste de estatus) en casos que involucren delitos violentos o peligrosos, excepto en circunstancias extraordinarias o casos en los que el solicitante demuestre claramente que se rechazó la solicitud daría lugar a "dificultades excepcionales y extremadamente inusuales".
FRAUDE O TERGIVERSACIÓN
Si el solicitante es inadmisible porque ha tratado de obtener un beneficio de inmigración por fraude o tergiversando un hecho material [INA Sección 212 (a) (6) (C) (i)], puede solicitar una exención de inadmisibilidad. El solicitante debe demostrar que su cónyuge, padre o el solicitante de la visa K ciudadano estadounidense o residente legal permanente que califique experimentaría dificultades extremas si se le niega la admisión al solicitante o si el solicitante es un peticionario de VAWA y el solicitante, su ciudadano estadounidense o el padre o hijo residente permanente legal experimentaría dificultades extremas si al solicitante se le negara la admisión a los Estados Unidos
MOTIVOS DE INADMISIBILIDAD RELACIONADOS CON LA SALUD
La petición de un solicitante puede ser aprobada si él o ella es el cónyuge, padre, hijo o hija soltero, o el hijo menor soltero adoptado legalmente de un ciudadano estadounidense o residente legal permanente, o de un extranjero que ha recibido una visa de inmigrante, o el prometido (a) de un ciudadano estadounidense o el hijo del prometido (a); o si son un peticionario de VAWA.
Tenga en cuenta que hay requisitos de solicitud adicionales para las personas que son inadmisibles debido a un diagnóstico de tuberculosis de clase A, VIH o un "trastorno físico o mental y comportamiento nocivo asociado".
El cirujano civil puede dar una exención general de las vacunas requeridas para las vacunas que no son médicamente apropiadas en el momento del examen. Los solicitantes con objeciones religiosas o morales a todas las vacunas pueden presentar pruebas y solicitar una exención.
MEMBRESÍA DE INMIGRANTES EN UN PARTIDO TOTALITARIO
Si el solicitante es inadmisible porque era miembro o estaba afiliado al Partido Comunista o cualquier otro partido totalitario, puede solicitar una exención de inadmisibilidad.
Se puede otorgar una exención con fines humanitarios, para asegurar la unidad familiar, o cuando sea de interés público si el solicitante es el padre, cónyuge, hijo, hija, hermano o hermana de un ciudadano estadounidense, o un cónyuge, hijo o hija de un residente permanente legal, o el prometido (a) de un ciudadano estadounidense. El solicitante tampoco debe considerarse una amenaza para la seguridad de los Estados Unidos.
CONTRABANDO DE EXTRANJEROS
Si el solicitante es inadmisible porque él o ella se ha involucrado en el contrabando de extranjeros, [54] pueden solicitar una exención de causa de inadmisibilidad en el Formulario I-601 SOLO SI han alentado, inducido, asistido, instigado o ayudado a una persona el momento de la acción fue que su cónyuge, padre, hijo o hija (y ninguna otra persona) ingresaron a los Estados Unidos en violación de la ley.
ADEMÁS, EL SOLICITANTE DEBE SER:
un residente legal permanente que procedió temporalmente al extranjero, no bajo una orden de expulsión, y que de otro modo es admisible en los EE. UU.
o (2) solicitar la admisión o el ajuste de estatus como un pariente inmediato, un inmigrante de primera, segunda o tercera preferencia, o como el prometido (e) (o sus hijos) de un ciudadano estadounidense.
Se puede otorgar una exención bajo esta sección por razones humanitarias, para asegurar la unidad familiar, o cuando sea de interés público.
PROCEDIMIENTOS
Los solicitantes pueden descargar el Formulario I-601 ("Solicitud de exención de motivos de inadmisibilidad") del sitio web de USCIS. Dependiendo de si el solicitante está solicitando una visa de inmigrante o un ajuste de estatus, el Formulario I-601 puede presentarse en la oficina consular, la oficina de USCIS o en la corte de inmigración considerando la solicitud de visa de inmigrante o ajuste de estatus. También se puede presentar ante la BIA. La tarifa de presentación para el Formulario I-601 es actualmente de $ 930.
- POR JOSE RAMON RAMIREZ SANCHEZ
- 14 feb 2018
- 2 Min. de lectura

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Expositor:
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Objetivos
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¡Somos la Escuela Dominicana de Capacitación Jurídica (EDUCAJURIS), Creando Líderes Emprendedores en el Área Jurídica!
- Por Jose Ramón Ramirez Sanchez
- 14 feb 2018
- 2 Min. de lectura

Deseas convertirte en un Experto del Recurso de Apelación?
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Expositor.
Magistrado Dante Castillo. Fiscal Titular de Azua. Experto en Criminología.
Introducción
El Recurso de Apelación es un medio de impugnación a través del cual se busca que un tribunal superior enmiende conforme a Derecho la resolución del inferior. Dentro del orden jurisdiccional existen diferentes instancias ordenadas de forma jerárquica. Esto significa que la decisión de un órgano jurisdiccional puede ser revisada por uno superior. Cuando un juez o tribunal emite una resolución judicial, es posible que alguna de las partes implicadas no esté de acuerdo con la decisión. En este caso, habitualmente, la parte puede usar la apelación, a través de la cual se recurre a un órgano jurisdiccional superior para que revise el auto judicial o la sentencia y, si estima que tiene defectos, la corrija en consecuencia. Al término de este curso, estarás hábil para manejar los recursos de apelación tal como lo hacen los expertos.
Objetivos:
Describir El Recurso de Apelación.
Conocer las características del Recurso de Apelación.
ClasificarEl Recurso de Apelación.
Tramitar los Procedimiento del Recurso de Apelación en el Derecho Dominicano.
Practicar con Simulación de Casos Reales.
A quien va dirigido:
Este curso va dirigido a estudiantes y profesionales del Derecho; fiscales, jueces, paralegales, secretario(a) s jurídicos y todo aquel interesado en conocer sobre el tema de los Recursos de Apelación.
Temas a tratar:
Los recursos
Conceptualización y generalidades sobre los recursos
Características fundamentales de los recursos
Clasificación de los recursos
Los recursos en el Código Procesal Penal
Derecho de recurrir
Tipos de recursos en el nuevo proceso penal
La Suprema Corte de Justicia y el Derecho al Recurso
El Derecho al recurso; Derecho fundamental
Requisitos formales para la interposición de recursos
La estructura liquidadora, la prisión preventiva y libertas bajo fianza
Los recursos en el Proceso Penal dominicano
La apelación
Procedimiento
La apelación de las sentencias de absorción o condena
Lo que puede y no puede apelarse
El principio de la doble exposición
Efectos de la apelación
Diferencia entre la apelación de sentencias de instrucción y las sentencias definitivas
Casación y Amparo. El recurso de casación en el Código Procesal Penal
El amparo en el Código Procesal Penal Dominicano
Detalles del curso
Fecha: Sábado 24 de febrero 2018. Hora: 10 a.m. /1:30 p.m.
Inversión: RD$2,000.00. Los estudiantes universitarios pagaran RD$1,500.00. al presentar su carnet.
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